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martes, 7 de diciembre de 2021

El Operador Económico Autorizado (OEA) constituye la autorización más importante en materia aduanera en Colombia. Si bien existe desde el año 2011, con su creación a través del Decreto 3568, solo fue hasta el año 2015, a través de su reglamentación y el desarrollo de pilotos para importadores y exportadores, que la figura comenzó a cobrar relevancia en el entorno legal nacional.

A octubre de 2021, según cifras de la Dian, en el país existen tan solo 338 compañías que se encuentran autorizadas bajo esta figura. Ahora, en términos de OEAs por tipo de usuario y categoría, las cifras son algo más alentadoras, dando cuenta de 284 importadores, 150 exportadores y 23 agencias de aduanas para un total de 457 autorizaciones en total.

El mundo del comercio exterior y en particular el colombiano siempre ha girado en torno a tratamientos especiales para aquellos empresarios que hacen lo correcto y desarrollan sus operaciones dentro de la inflexible regulación aduanera y cambiaria vigente en el país. Los tradicionales y próximamente extintos Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP) y Usuarios Altamente Exportadores (Altex), serán próximamente reemplazados por los Usuarios de Trámite Simplificado (UTS) y los OEAs.

En particular los OEA marcan un hito de gran relevancia en nuestro entorno legal por cuanto son una figura en evolución, que cambia, se extiende y fortalece, por lo cual, no solo cobija a importadores, exportadores, agencias de aduana y operadores portuarios, sino que ya existen proyectos de regulación para Agentes de Carga Internacional y depósitos. Sin mencionar un anunciado, pero aún no publicado proyecto para usuarios de zona franca.

Ahora bien, la figura del OEA, a pesar de sus bondades, también cuenta con muchas oportunidades de mejora y esto se ha demostrado a lo largo de los años, empezando por el bajísimo número de usuarios autorizados en comparación con la base de importadores, exportadores y actores de la cadena logística. En adición a lo anterior, la prórroga de figuras tradicionales, y la creación de nuevas de forma unilateral, han desmotivado la transición a la nueva autorización. Finalmente, la extensión de la autorización a nuevos actores (agencias de aduanas y puertos) sin la creación de beneficios que los diferencien de sus competidores, generando que la autorización en últimas solo constituya un beneficio inmaterial, ha creado un panorama incierto para su desarrollo a futuro.

Recientemente, el Gobierno publicó un decreto de modificación de la figura OEA, ajustando entre otros temas las definiciones relevantes. También se crean beneficios transversales tales como eliminación de garantías específicas, ajuste de nivel de riesgo para OEAs, reducciones en requisitos patrimoniales, y beneficios en materia de certificación de origen. Finalmente, si bien se garantiza la gradualidad en la ampliación del programa OEA, no se ven ajustes en tiempos de aprobación, unidad de criterios de evaluación de las solicitudes, ni en beneficios específicos a los usuarios existentes diferentes a importadores y exportadores.

Son muchos los retos que tiene el Gobierno para hacer de Colombia un país con una cadena logística segura, confiable y rentable. El control excesivo, el creciente apetito recaudatorio con base en aduanas, y un principio de mala fe implícito en los administrados pone serias dudas para alcanzar dicho objetivo. Esperemos que la nueva norma profundice la importancia del OEA, y ayude a revertir las tendencias advertidas.