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jueves, 29 de marzo de 2018

Debatir en el salón de clase sobre un fallo judicial con el fin de identificar sus fortalezas y debilidades, sus consecuencias convenientes o perjudiciales y, en general, su apego a una correcta interpretación jurídica, es una tarea que trae muchos beneficios.

En desarrollo de clases sobre legislación y contratación de la industria petrolera en maestría y especialización en las Universidades de los Andes y Externado de Colombia, tuvimos la oportunidad de dialogar sobre diversos temas alrededor de una sentencia del Consejo de Estado en la que se resolvió una acción popular con la suspensión de la firma de un contrato de exploración y producción de hidrocarburos en aguas marítimas cercanas a San Andrés y Providencia.

Se presentaron diversos puntos de vista alrededor del uso adecuado o no, por parte de los tribunales de primera y segunda instancia, del material probatorio recaudado y dejado de recaudar que, según la misma sentencia, hubiera sido muy útil para la decisión final. Los estudiantes tomaron posición sobre si el tema ambiental dejado de probar era esencial para poder tomar una decisión de fondo, tal como ocurrió en el fallo. Se argumentó que no era necesario probar la existencia del bien jurídico a proteger, dado que se trataba de una posible presencia de vida marina a grandes profundidades y que, por ello, era válido inferir su presencia.

También hubo quien manifestara la falta de rigor en la aplicación de principios del debido proceso y de legalidad por la ausencia de tales pruebas. Se señaló que constituía un precedente adverso para toda la industria extractiva expuesta a las mismas situaciones y se resaltó que el fundamento de cualquier decisión debía obedecer a un carácter técnico, resultado de estudios previos y la aplicación de métodos científicos para concluir de manera objetiva, excluyendo los pareceres del juzgador.

Sobre la aplicación de los principios de precaución y de prevención, los estudiantes sentaron sus posiciones sobre si se cumplían los requisitos, con base en la jurisprudencia nacional, y se generó un debate sobre los alcances de tales principios en aspectos tan sensibles como la ejecución de actividades industriales en áreas protegidas y en áreas sin mayor información de los recursos naturales renovables y el medio ambiente.

Otro de los temas debatidos fue la oportunidad en la que se tomaba la decisión de suspender la firma del contrato de concesión y cualquier actividad industrial, dado que para ese momento no se había iniciado el estudio de impacto ambiental que hubiera permitido tener un mayor conocimiento del área, ni se conocían las propuestas que se pudieran hacer por parte de la empresa solicitante de la licencia para excluir áreas o dar un correcto manejo a su operación. En fin, se discutió sobre la aplicación del principio de legalidad y el supuesto desconocimiento de los mecanismos de control, gestión, planificación y sanción previstos por la legislación de cara a promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como del papel del juez frente a la aplicación de tales principios.

Independientemente de las posiciones individuales, la cátedra universitaria que debate de la forma mencionada es útil para adquirir conocimiento y ejercitar su aplicación, para aprender a reflexionar sobre los instrumentos para defender una posición o sustentar una decisión jurídica y para adoptar un criterio propio sobre la institucionalidad que tenemos.