Colombia ha hecho enormes esfuerzos legislativos en los últimos años para la simplificación de las formas societarias, facilitando la incorporación de pequeños empresarios a la economía formal. Desde 1995 se habló de la “Empresa Unipersonal”, para cuyo establecimiento no hacía falta lograr la presencia de un número plural de socios ni el otorgamiento de escritura pública ante notario. Con la expedición de la Ley 1014 de 2006 (“Ley de Emprendimiento”), se permitió, bajo ciertas circunstancias, la constitución de sociedades de todo tipo mediante documento privado, y finalmente, la Ley 1258 de 2008 le dio paso a las famosas SAS, cuya formalización, capitalización y manejo gozan de gran flexibilidad. Esto se ha traducido en un fenómeno de creación masiva de empresas, donde además, las sociedades tradicionales, como la limitada y la anónima, han quedado desplazadas del panorama empresarial. Sólo para dar una muestra, entre enero y agosto de 2013, el 96% de las empresas inscritas fueron SAS, mientras que sólo un 2% fueron Ltdas y menos de un 1% anónimas.
De la mano de los esfuerzos descritos, la Superintendencia de Sociedades ha realizado una importante labor de difusión, no sólo a nivel nacional sino también internacional, de las nuevas herramientas para la formalización del emprendimiento. Como fruto de lo anterior, y tras un largo pulso con iniciativas de otros países, en el pasado mes de Julio la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional - Cnudmi - (Uncitral por sus siglas en inglés), creó un nuevo grupo de trabajo dentro de los seis con que habitualmente opera, donde se espera impulsar la gestación de normas y principios internacionales para las micro, pequeñas y medianas empresas sobre la base del modelo colombiano.
A pesar de lo anterior, seguimos irredimiblemente atados al formalismo, la burocracia y las trabas de todo orden para la creación de nuevas empresas. Para empezar, hay procedimientos - reglados y no reglados - para el establecimiento de nuevas compañías, que han desembocado en un calvario que puede tomar hasta 3 meses para tener a una sociedad naciente totalmente formada y operante. Hemos visto que lo que antes se concebía como “escrituración y registro” es ahora una cadena de no menos de seis pasos, donde se exigen cosas tan exóticas como que la compañía que apenas se forma presente un recibo de pago de servicios públicos o un historial bancario a efectos de la obtención de su NIT, sin el cual obviamente no puede facturar aquello que produzca en desarrollo de su actividad social. Paralelamente, nos hemos encontrado que lo que quiso ser una “ventanilla única” no lo es tal dadas las muchas fallas de comunicación entre la Dian y las Cámaras de Comercio; que hay más de cuatro formularios por llenar, y que además, si los representantes legales de la sociedad no están físicamente presentes, la tramitación de formularios se torna difícil dada la necesidad de firmas y autenticaciones.
En este punto entonces, resulta oportuno hacer un llamado al gobierno y a las Cámaras de Comercio - en lo cual ya venimos trabajando - para que armonicen sus esfuerzos hacia una real simplificación de la creación de compañías. En este contexto, propuestas tan regresivas como la de gravar los dividendos, que afortunadamente no se ha materializado, deberían descartarse por completo de toda discusión futura.
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