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lunes, 28 de octubre de 2019

Si en la Unión Europea llueve, en Estados Unidos no escampa. Tras la decisión del Tribunal para el Distrito del Norte de California en contra de Qualcomm por abuso de posición dominante se ha reavivado el debate en torno de la denominada “tax theory” - teoría de impuesto o sobrecarga- enunciada por la Comisión Federal de Comercio de EE.UU. (FTC).

En mayo de este año, el citado Tribunal concluyó que Qualcomm utilizó su posición de dominio en el mercado de chips para dispositivos móviles, entre otros, para cobrar a sus competidores, regalías excesivamente altas por sus patentes, en perjuicio de sus rivales.

En virtud de la patente, sobre la tecnología utilizada por todos los chips en el mercado, Qualcomm controla el precio de sus competidores y, por consiguiente, el incremento de las regalías,por parte de esa empresa, lleva a castigarles su margen, de manera que esas regalías operan como un “impuesto” o “sobrecarga” “artificial” y “anticompetitiva”, que les impide cobrar los precios necesarios para mantenerse en el mercado.

Lo anterior se traduce en mayores ganancias y poder de mercado para Qualcomm y en una disminución de su competencia.

Concluyó entonces el Tribunal que el comportamiento de Qualcomm configuró un abuso de la posición dominante que, en razón de la patente, ostentaba esa compañía en el mercado.

Sin embargo, el tema no es nada pacifico. En efecto, hay quienes cuestionan la decisión pues consideran que la FTC no acreditó, y el Tribunal no evaluó, en qué medida la “sobrecarga” impidió realmente competir a los rivales de Qualcomm y omitió analizar si ellos podían igualar, de manera rentable, sus precios a los de esa compañía. Además, estiman que el fallo plantea graves problemáticas para las empresas que poseen o utilizan patentes esenciales (aquellas incluidas en estándares o normas técnicas), así como, para los agentes de cualquier sector que utilicen descuentos condicionales o incentivos de precios como parte de su estrategia competitiva.

Jonathan M. Jacobson, socio de una de las firmas que representan a Qualcomm, señala que la “tax theory” es inadecuada y no debería guiar el análisis de las autoridades, en tanto que los criterios que encierra esta teoría son bastante vagos y etéreos, hasta el punto que no permiten delimitar su alcance y aplicación. Así, no es posible determinar en cuánto deben reducirse los ingresos de los competidores para que se tipifique la práctica anticompetitiva y tampoco es claro qué papel juegan las eficiencias de las empresas en la posibilidad de igualar o mejorar los precios de una firma dominante.

De hecho, la disminución de precios y márgenes que se producen como resultado del comportamiento de un agente dominante, hacen parte de las dinámicas naturales de la competencia, y no es posible restringir o condicionar su derecho a competir a las ineficiencias de sus rivales.

Por consiguiente, si no hay límites claros las reducciones de precios resultantes de estas supuestas prácticas espurias pueden confundirse con aquellas que son consecuencia de la dinámica natural de una sana y leal competencia y que benefician a los consumidores.

La decisión del Tribunal fue apelada y será la Corte del Noveno Circuito de EE.UU. quien deberá abordar los cuestionamientos planteados.