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miércoles, 16 de agosto de 2023

Conviene que pronto se reglamente la Ley 2300 de 2023 en función de la prestación de los servicios por parte de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, lo anterior obedece a que los instrumentos y canales que utilizan los prestadores de servicios públicos garantizan la concreción de principios como el de la onerosidad en los servicios públicos.

El Gobierno Nacional sancionó la Ley 2300 de 2023, por medio de la cual se establecen medidas que protegen el derecho a la intimidad de los consumidores, la cual se tituló en la cotidianidad como “Ley Dejen de Fregar”, y que establece los canales, horarios y periodicidad en que las entidades financieras y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranzas o envíen mensajes publicitarios, pueden contactar a los usuarios.

Sin duda es una ley que tiene beneficios, pero en un espacio de reglamentación se debe considerar que existen algunas personas que proveen un servicio esencial que está acompañado de alternativas de financiación, a través de la cual los usuarios de menores ingresos encuentran una única oportunidad de acceder a materiales de construcción, electrodomésticos, gasodomésticos, matrículas para estudios, entre otros más.

Específicamente me refiero a las empresas de servicios públicos domiciliarios que hoy ofrecen financiación y que, -contrario a lo que ocurre en algunos contados casos-, estas empresas sí tienen usuarios que están deseoso de recibir una llamada el fin de semana para pagar la cuota de un producto adquirido y liberar cupo para continuar accediendo a bienes o servicios que por otros canales no les resultaría posible. Lo que voy a decir puede sonar extraño, pero sí hay usuarios que desean recibir una llamada o que le brinden una atención directa los fines de semana.

Es una realidad que los fines de semana varias familias se acercan a los establecimientos de comercio y con facilidades de financiación adquieren un nuevo televisor o reemplazan una nevera, ese beneficio resulta de una gestión de cobro o publicidad que se realiza en el horario de los fines de semana, tal beneficio debe preservarse.

Todo lo mencionado obedece a que la Ley Dejen de Fregar crea restricciones y abstenciones que imposibilita los canales de contacto directo con los usuarios. Por ello, conviene que el Gobierno reglamente un tratamiento diferencial para no afectar el acceso a líneas de financiación que benefician a un gran numero de familias en Colombia.

Puede ser un contrasentido que un Gobierno que se ha preocupado por declarar estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de la Guajira, mediante la Ley Dejen de Fregar restrinja el acceso a facilidades de financiación no bancaria a varias familias que no pueden acceder a financiación bancaria.