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sábado, 3 de agosto de 2019

Sostengo con convicción que los congresos académicos nos permiten medir de cierta forma cómo va el desarrollo y la aplicación del tema que tratan. Ahora bien, cuando este tipo de eventos son llevados a cabo por la autoridad que tiene las facultades legales de vigilar, controlar y, por qué no, incidir en la regulación de dichos aspectos, aunado a una visión internacional que permite darle una perspectiva más amplia, deben ser aplaudidos y promovidos por la propia comunidad.

Es por esto que, en esta ocasión el VII Congreso Internacional de Protección de Datos Personales, que fue llevado a cabo por la Superintendencia de Industria y Comercio el pasado 25 y 26 de julio en la ciudad de Cartagena, nos permitió tener una visión de cómo va el desarrollo y aplicación de tan importante asunto, en los titulares, responsables y encargados de los datos personales. Tema que, si bien es cierto lleva más de nueve años siendo parte de la realidad de empresarios y personas naturales, se encuentra apenas en una fase de comprensión e interiorización que le permita una aplicación efectiva y contundente frente a la protección de nuestros datos personales.

Mal haría en darle a esta columna de opinión el termino de memorias de un congreso, ya que cada asistente concluye de una manera muy personal los principales puntos que desarrollan este tipo de eventos, sin embargo, desde mi punto de vista, se pusieron de presente varios temas de importante relevancia que nos llevan a pensar en el estatus colombiano frente a la aplicación global del manejo de nuestros datos personales, por quienes se encuentran recolectándolos y dándoles un tratamiento específico que necesariamente incide en nuestra órbita personal, convirtiéndose en un pilar de la economía y realidad comercial.

Ahora bien, de manera acertada se sentaron precedentes referentes, entre otros, a como se está transmitiendo la aplicación de la Ley 1581 de 2012 frente a los titulares de la información, dejándonos el cuestionamiento de qué tan amigables, claros y adecuados están siendo los derechos, deberes y procedimientos en el momento de ser expuestos a los destinatarios finales, generando así confianza en los titulares lo cual redunda en clientes y/o consumidores felices, esto, atado a la clara necesidad de llevar la tan necesaria accountability al plano de la realidad práctica, superando los formatos, documentos y promesas de valor agregado para que de esta manera sean ejecutados de una manera juiciosa y con la suficiente trazabilidad que le permita a la autoridad lograr determinar que toda esa teoría se aplica de manera permanente convirtiéndose en parte de la cultura corporativa de quienes predican ejercerla.

No podemos dejar de lado el componente de las nuevas tecnologías. Estas tuvieron un papel protagónico, debido a su constante evolución, ser un elemento determinante en el desarrollo y futuro del Big Data y como consecuencia de los datos personales, dejan el interrogante de cuál debe ser el camino a seguir para que la legislación se adapte a la tecnología y de esta manera contemos con un sistema vigente y adecuado a la realidad.

Sin embargo, la protección de datos está en constante evolución, cuyas respuestas aún no son del todo claras por su propia naturaleza y complejidad. Siempre quedará el sin sabor de la necesidad de obtener más y mejor información por parte de quienes tienen el deber y el interés de comunicarla, lo cual es un gran reto que siempre desafiará a la Delegatura para la Protección de los Datos Personales de la SIC, dejando este año un derrotero alto para el próximo congreso.