Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

jueves, 11 de diciembre de 2014

Así lo señalaron el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, el Foro Nacional Ambiental y WWF al solicitar al Ministerio de Minas y Energía (MME), al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mads), a la ANH y a la Anla una moratoria al uso de fraccionamiento hidráulico como modo de explotación de yacimientos no convencionales.

Este debate ya se ha dado en otros países, en particular en Estados Unidos, donde ya se dio el primer caso en el que un tribunal obliga a una petrolera a pagar a una familia por los daños de salud vinculados a esta práctica. En Colombia ya existen declaraciones señalando que existen consecuencias nocivas del fracking, sin bien a la fecha no se ha iniciado ninguna actividad de este tipo en el país.

Ahora bien, si es un tema tan debatible ¿porqué Colombia optó por apoyar esta práctica?

La respuesta es simple. En primer lugar, el fracking, realizado bajo ciertos parámetros técnicos, no presenta mayor riesgo ambiental que la exploración convencional. Y en segundo lugar, los depósitos de hidrocarburos en esquistos pueden ser una fuente importante de reservas hidrocarburíferas para Colombia.

Bajo este panorama, el MME expidió la Resolución 90341 del 28 de marzo de 2014 (Resolución del MME) que establece los requerimientos técnicos y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales, y el Mads expidió la Resolución 0421 del 20 de marzo de 2014 (Resolución del Mads) mediante la cual se acogieron los términos de referencia para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) para la exploración de hidrocarburos en yacimientos convencionales y no convencionales. 

La Resolución del MME impone una serie de obligaciones que buscan específicamente la protección de los acuíferos y formaciones aledañas al pozo, mediante el aislamiento adecuado y seguro del pozo, tales como: (i) requerimientos estrictos de cementación de pozos; (ii) pruebas de presión de todos los revestimientos; (iii) garantizar que la distancia entre los pozos y el acuífero no sea inferior a 5 veces el radio del fraccionamiento hidráulico y (iv) la prohibición de realizar operaciones de fracking en pozos que se encuentren a menos de 200 metros de un pozo de agua con fines de consumo, irrigación u otras actividades de subsistencia.

Por su parte, la Resolución del Mads establece las necesidades de información y manejo ambiental de aspectos de interés a ser previstas en el EIA, tales como: (i) analizar el riesgo de contaminación de agua subterránea; (ii) proporcionar información sobre los aditivos y propantes que se vayan a utilizar; (iii) implementar tratamiento de las aguas de retorno previo a la inyección de las mismas y (iv) monitoreo previo y posterior de permanente de la calidad del aire.

En este orden de ideas, a diferencia de lo que ha ocurrido en otros países, Colombia expidió los reglamentos técnicos para la implementación del fracking previo a que se inicien este tipo de operaciones, precisamente para prevenir las afectaciones que estas actividades puedan tener en el medio ambiente y permitir la extracción de hidrocarburos no convencionales de manera sostenible.

Respecto de las reservas de hidrocarburos en Colombia, las mismas se encuentran en declinación, y se calcula le quedan poco más de 6 años y medio de reservas al ritmo de producción actual. La industria petrolera tiene un impacto directo en la balanza comercial ya que el petróleo y sus derivados han tenido la mayor participación respecto del total de exportaciones durante los últimos 13 años (52 % en 2012), por lo tanto el aumento de las reservas y esta transición a la explotación de no convencionales se convierte en una necesidad.

Con adecuadas regulaciones y técnicas, el fracking es uno de los factores que permitirá mantener la autosuficiencia energética de Colombia en el largo plazo. Colombia no debe privar a su gente de energía eficiente ni perder la oportunidad de seguir apuntándole a su desarrollo económico y social con base en sus recursos energéticos.