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sábado, 6 de febrero de 2021

Colombia tiene una tradición regulatoria inflexible, lenta y, en muchos casos, ajena a los desarrollos tecnológicos. Las empresas de economía colaborativa son ejemplos paradigmáticos de compañías innovadoras que, por no ajustarse completamente a la tradición jurídica nacional, han tenido fuertes encontrones con los entes regulatorios. Pero en lo que parecía un futuro poco prometedor para la innovación en el país, la Ley de Emprendimiento (Ley 2069 del 31 de diciembre de 2020) trajo consigo un toque de esperanza: Sandboxes regulatorios.

Según el Financial Conduct Authority del Reino Unido (FCA) el anglicismo ‘Sandbox’, acomodado a la jerga del derecho, se refiere a un ‘espacio seguro’ en el que las empresas pueden desarrollar y probar productos, servicios y modelos de negocio innovadores sin incurrir de manera inmediata en las consecuencias regulatorias normales de la actividad en cuestión (FCA, Regulatory Sandbox, 2015). En esencia, un Sandbox permite el desarrollo de productos o servicios sostenibles e innovadores en diferentes áreas del conocimiento bajo condiciones regulatorias flexibles, temporales y de supervisión por parte de entidades gubernamentales.

El sector financiero fue el primer beneficiario a nivel mundial de este novedoso invento jurídico, dada la necesidad de incursionar en la utilización de nuevas tecnologías, garantizando paralelamente la protección de los recursos captados del público. Colombia no fue la excepción con la expedición de la Ley 1955 de 2019, cuyo artículo 166 abrió el camino a la regulación de aquellos desarrollos tecnológicos para la realización de las actividades propias de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. Posteriormente, con la expedición del Decreto 1234 de 2020 se materializó la implementación de ese anhelado espacio de innovación financiera conocido como ‘la Arenera’, que hoy en día ha aprobado con éxito 10 proyectos en los diferentes subsectores financiero, bursátil y asegurador.

Ahora, la nueva Ley de Emprendimiento abrió la posibilidad para que otras industrias reguladas, diferentes de la financiera, adopten espacios de innovación regulatoria. El artículo 5 de la Ley 2069 ordena al Gobierno Nacional para que, en el término máximo de un año, expida una regulación que permita crear en cada uno de los Ministerios y Sectores Administrativos un ambiente especial de vigilancia y control que impulse la economía de alto valor agregado y promueva actividades intensivas en tecnología, innovación, uso sostenible de capital natural y mitigación del cambio climático. El objetivo de estos espacios, según la misma norma, es la implementación de mecanismos para lograr mejoras regulatorias a través de la experimentación.

Más importante aún, la norma exige que los diferentes Sandboxes que se llegaren a crear cuenten con mecanismos de integración de resultados y experiencias obtenidas en los procesos exploratorios.

La Ley 2069 trajo consigo una verdadera oportunidad de innovación que puede llegar a ser la solución más sensata, eficaz y rentable para las reiteradas controversias entre los nuevos modelos de negocio que entran al país y nuestra tradición regulatoria de antaño. Esperemos que el Gobierno Nacional regule estos mecanismos de forma desafiante y disruptiva, logrando un esquema de cooperación intersectorial experimental capaz de dar una bienvenida calurosa a las empresas del futuro.