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lunes, 7 de febrero de 2022

La semana pasada, un poco tarde para mi gusto, el Ministerio de Justicia mediante la Resolución 124 del 1 de febrero de 2022, dispuso la creación de una Comisión de Expertos para revisar la vigencia y oportunidades de mejora de las Disposiciones del Decreto 806 del 2020, al que le debemos que, finalmente luego de mucho tiempo, el uso de las TIC en la administración de Justicia dejara de ser un tabú o una excentricidad de algunos pocos despachos de avanzada.

La Comisión de Expertos, que tendrá la misión de determinar cuánto más deberá estar vigente el Decreto o cómo se integran sus disposiciones al Código General del Proceso o se modifican, para “adecuarlas a las nuevas realidades tanto en materia de transformación digital de la justicia como en los obstáculos que presenta en materia de dilación y eficiencia de los términos procesales”.

¡Enhorabuena! Por fin, a tan solo unos cuantos meses de vida del Decreto 806 el Ministerio oyó el clamor de quienes sentíamos como el tiempo se agotaba con la latencia de volver a las viejas prácticas obsoletas del sello y la presentación personal. Pero, como mi grito de celebración postizo al inicio de este párrafo, la conformación de la Comisión de Expertos termina siendo un enorme desengaño.

Todos los miembros de la Comisión, ilustres, expertos y muy distinguidos tienen, sin duda, las calidades y cualidades necesarias para integrarla, pero se quedó corta. No hay cama para tanta gente. En la Comisión no hay representantes de los Juzgados promiscuos, municipales y del circuito (de poblaciones diversas). No podemos evaluar la viabilidad de las reglas de implementación de las TIC en procesos judiciales desde las capitales y altas cortes. El grueso de los usuarios está concentrado en los niveles municipal y circuito de la jurisdicción. ¿quién mejor que ellos, citadinos y rurales, para señalar las falencias o beneficios de las TIC? ¿y los Magistrados de los Tribunales Superiores?

El Ministerio al determinar los integrantes de la Comisión de Expertos omitió a otros sujetos relevantes en los procesos: La Procuraduría. ¿Acaso los procuradores judiciales no tienen nada que aportar en esta cruzada por lograr una norma optima para todos? Y, ni hablar del Consejo Superior de la Judicatura ¿qué mejor que sus estadísticas de los últimos años para poder tener una base objetiva y concreta sobre los resultados y las necesidades de la rama para la efectividad de la implementación?

Repito: el Decreto 806 fue la pluma de Dumbo. Lo que hemos avanzado en digitalización e implementación de TIC en la administración de Justicia difícilmente será olvidado (pero bueno, la historia nos puede sorprender y yo acá hablo de mis esperanzas y anhelos). El Código General del Proceso permite ya muchas de las prácticas que gracias al Decreto fueron normalizadas. Cada cual hablará de como le fue en el baile y es justamente la pluralidad la que permite abarcar la generalidad.

Faltó pluralidad, se ninguneó a quienes más pueden aportar desde la realidad de su día a día durante el último año y medio de pandemia, desde la experiencia y conocimiento en digitalización y transformación de la justicia o desde la práctica misma del ejercicio de diferentes roles en el proceso. Necesitamos una visión mayor, general y completa para que las oportunidades de mejora resulten efectivas y aplicables a todo nivel.

¡Que los expertos acudan y se apoyen de otros que no fueron invitados al baile, por el límite de cupos! La justicia necesita un aporte serio, integral, plural y general.