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miércoles, 13 de diciembre de 2017

Desde el primero de enero de 2018 empezará a regir la Ifrs 9 Instrumentos Financieros, cuya versión final fue emitida por la Iasb en 2014. Esta norma aborda temas como la clasificación y medición de los instrumentos financieros, el deterioro en el valor de los activos financieros, y la contabilidad de coberturas, sustituyendo los requerimientos de la IAS 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.

Si bien su aplicación tendrá un mayor impacto en las entidades financieras por la sofisticación misma de sus instrumentos, supone un reto también para aquellas empresas no financieras que se verán enfrentadas, por ejemplo, a modificar la clasificación y metodología de valoración de sus activos financieros y a anticipar el reconocimiento del deterioro en el valor de los mismos, registrando provisiones desde su reconocimiento inicial.

En relación con la estimación del deterioro en el valor de los activos financieros la Ifrs 9 sustituye el modelo de pérdidas incurridas de la IAS 39 que reconoce el deterioro bajo la premisa que todos los préstamos serán pagados hasta que se demuestre lo contrario, por el modelo de pérdidas esperadas, en el cual estas se reconocen durante la vida del activo financiero.

Ciertamente, la aplicación de este último modelo incorpora el desafío para las empresas de contar con información histórica que sea completa y veraz, y de desarrollar estimaciones razonables respecto a las condiciones económicas futuras.

En cuanto a la aplicación del modelo de clasificación y medición de activos financieros bajo Ifrs 9, las empresas deberán evaluar el modelo de negocio en el que se mantienen estos instrumentos y las características de los flujos contractuales de los mismos. De esta manera, si las condiciones del activo financiero dan lugar a flujos de efectivo que son solamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente (Sppi) y el objetivo del modelo de negocio es obtener dichos flujos, deberá medirse a costo amortizado.

De otra parte, si el activo da lugar a flujos de efectivo que son Sppi y el objetivo es obtener dichos flujos y tener la posibilidad de vender el activo, se deberá medir a valor razonable con cambios en otro resultado integral. Finalmente, un activo financiero deberá medirse a valor razonable con cambios en resultados a menos que se mida a costo amortizado o a valor razonable con cambios en otro resultado integral, de acuerdo con los criterios ya mencionados.

Evidentemente, la comprobación de si los flujos de efectivo contractuales son Sppi, es determinante para efectuar la clasificación y valoración de los activos financieros. Esta evaluación se conoce como la prueba de Sppi e incluye como los elementos más relevantes de los intereses, la contraprestación por el riesgo de crédito y por el riesgo del valor temporal del dinero.

No obstante, el análisis a realizar recoge cuantiosas particularidades técnicas como condiciones contractuales con cambios en los plazos o montos, pagos de intereses indexados a índices de la bolsa o a precios de commodities, entre otras. En todo caso, si un activo no “pasa” la prueba de Sppi, deberá valorarse a valor razonable con cambios en resultados.