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  • Juan Carlos Gambín Martínez

miércoles, 29 de junio de 2016

¿En qué consiste la póliza de “declaraciones y garantías”?
Es un contrato de seguro que se celebra entre el comprador o el vendedor, dependiendo de quién sea el tomador, con una compañía de seguros en el marco de una transacción de M&A. 

¿Qué cubre la póliza de “declaraciones y garantías”?
Esto dependerá de quién sea el asegurado bajo el respectivo contrato de seguro. 

Si el asegurado es el vendedor, el amparo de la póliza son las reclamaciones por el incumplimiento o inexactitud culposa de una de sus “declaraciones o garantías”, las cuales constituyen afirmaciones sobre lo que se está vendiendo y sus calidades. En caso de que el asegurado sea el comprador, la póliza lo cubrirá por las tergiversaciones, culposas o dolosas, del vendedor respecto de sus “declaraciones o garantías”.

¿Qué ventajas tiene tomar este tipo de póliza en el marco de los contrato de M&A?
Este tipo de pólizas suponen ventajas tanto para el vendedor como para el comprador.

En caso de que el vendedor funja como asegurado, éste se cubrirá de las posibles reclamaciones que le realice el comprador por la inexactitud de las “declaraciones y garantías”. Con esto, podría lograr una posición ventajosa en la negociación y reducir los límites de las indemnidades o evitar que el comprador deje fondos en garantía.

En caso de que el comprador actúe como asegurado, éste podrá tener la tranquilidad de que ante el incumplimiento o inexactitud de una “declaración o garantía” del vendedor, podrá reclamarle directamente a la aseguradora y así evitar tener que realizar un cobro directo al vendedor, con las dificultades que ello puede acarrear.

¿Son comunes estas pólizas en el mercado colombiano?
Si bien su uso hasta hace unos años era poco común en nuestro país, la tendencia en el mercado internacional de tomar de este tipo de pólizas para, incluso, destrabar y agilizar negociaciones, ha generado que estas  garantías cada vez sean más acogidas por los agentes locales.

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