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  • Fabio Humar J.

miércoles, 28 de agosto de 2019

Grita la muchedumbre que dos ciudadanos han quedo libres por vencimiento de términos. Los nuevos jueces, los que amenizan el tráfico vehicular desde las 6:00 am hasta las 12:00 pm, nos dictan clases de procesal penal y de constitucional.

Enfriemos la cabeza, y entendamos bien: ¿de qué se trata este monstruo de 1.000 cabezas llamado Vencimiento de Términos?
Primero lo primero: el vencimiento de términos no es una absolución. Los juristas de la radio confunden la libertad por vencimiento con la absolución por prescripción. Esta última figura, de origen milenario, indica que el Estado, la Fiscalía, ha perdido la posibilidad de perseguir los delitos por el paso del tiempo. Tan largas son las prescripciones por estas tierras, que rara vez suceden. ¿No ven que aún investigan el homicidio de Galán?

La otra figura, la temida, es la libertad por términos, que no es otra cosa que un derecho fundamental. El mismo que alegan con ahínco los periodistas y columnistas, y opinadores, cuando alguien propone regular la prensa.

Ese derecho fundamental impide que una persona esté privada de la libertad indefinidamente mientras se adelanta el juicio en su contra.

Es que los juristas del dial olvidan una premisa esencial: la persona investigada es inocente. Quizá no fueron a la clase de derecho constitucional, en la que el profesor explicó que, desde hace siglos, impera una figurita llamada presunción de inocencia.

La galería, incendiada, reclama a gritos juicios expeditos, rápidos, exprés. Mejor dicho, reclama condena sin juicio.

Y los abogados, los jueces y fiscales, y los magistrados, no podemos caer en la tentación de agredir los derechos fundamentales para que el clan se tranquilice. ¡No! Eso no puede pasar porque si sucede, poco o nada nos separará de la esvástica que tanto atemorizó al mundo.

Lo verdaderamente raro, lo exótico, lo ilegal, es que en Colombia las personas afronten el juicio privadas de la libertad. ¿No se dan cuenta, acaso, que eso sí es violatorio de todos los derechos fundamentales?

Los hashtags de moda lanzan gasolina en llamas contra los abogados y los jueces, para señalarlos de ser culpables de los largos, los larguísimos, tiempos de la justicia. “Dilación” le dicen al ejercicio de los derechos más elementales, como las apelaciones y nulidades.

¿Los autores de los infames hashtag no fueran a la clase donde enseñaron que los aplazamientos de la defensa no se suman para los vencimientos de términos?
La próxima reforma a la justicia puede darnos una mano y catalogar las opiniones de los periodistas como indicios graves de responsabilidad. En algo aligerará la carga del juez, ya harto difícil. O la reforma tributaria puede buscar un recorte de gastos eliminado uno que otro juzgado, y sustituyéndolo por las opiniones de ilustres usuarios de Twitter; Al fin y al cabo, hacen falta juzgados de ejecución de penas.

Otros más visionarios propondrán que los juzgados desaparezcan, ya que no hay peor castigo que ser tendencia en las redes, mientras los programas de radio replican las campanas viles de la injuria y la calumnia, prósperas con la aniquilación del debido proceso.

Llevemos a juicio a las personas para corroborar lo que ya sabíamos, y es que eran culpables.

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