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  • Carlos Jaramillo Palacio

sábado, 23 de septiembre de 2023

La SIC abrió una investigación a la Dimayor, la Federación Colombiana de Fútbol y 29 clubes nacionales por presunta cartelización

Ayer, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le metió la mano al fútbol femenino en el país. El organismo formuló pliego de cargos contra la Dimayor, la Federación Colombiana de Fútbol y 29 clubes del fútbol colombiano por contratos en el balompié femenino. De acuerdo con el organismo, se presentó una ‘cartelización salarial’ en la contratación de las jugadoras pertenecientes a varios equipos de la Liga Femenina del país.

La SIC deberá determinar si los rectores del fútbol y estos conjuntos desarrollaron un sistema tendiente a limitar la libre competencia económica en el mercado de la Liga Profesional Femenina en el país desde el 2017 hasta la actualidad.

“Los clubes investigados, con la participación de la FCF y la Dimayor, habrían acordado el valor de los salarios de las jugadoras de fútbol profesional femenino. Para eso habrían fijado una tabla de salarios que clasificaba a cada jugadora en una categoría de la que dependía su remuneración. El objetivo de este presunto acuerdo entre competidores habría sido garantizar que la mayoría de las jugadoras profesionales únicamente recibieran el salario mínimo legal mensual vigente y que, como máximo, tuvieran una remuneración de 4.500.000 pesos mensuales”.

Esta investigación, además, vincula a personas naturales como Jorge Enrique Vélez, expresidente de la Dimayor; Fernando Jaramillo (actual presidente del ente rector del fútbol colombiano); Carlos Alberto Barato; Luis Eduardo Méndez (presidente de Santa Fe); Diego Fernando Perdomo; Carlos Mario Zuluaga y Óscar Ignacio Martán.

“La FCF y la Dimayor, con la anuencia de los clubes investigados, habrían sido renuentes a recibir los recursos que ofrece el Gobierno Nacional para la promoción y el desarrollo del fútbol femenino en Colombia. Los directivos de las instituciones investigadas se habrían negado a recibir o utilizar esos fondos, aunque uno de los principales argumentos que han referido para explicar las condiciones del mercado del fútbol femenino es la falta de patrocinio y presupuesto para el desarrollo de la Liga Profesional. De conformidad con las pruebas recaudadas, la explicación de esa renuencia en realidad habría sido que la recepción y la utilización del dinero público habría implicado que las instituciones quedaran sujetas a la vigilancia y auditoría de los entes de control”, agregó la SIC.

Además, la SIC señaló que la Dimayor, con el consentimiento de los clubes investigados, celebró un contrato con Win Sports para la transmisión de los torneos organizados por el ente rector del fútbol nacional. Las condiciones establecidas en ese acuerdo, en criterio de la Superintendencia, “ habrían perjudicado el desarrollo del fútbol profesional femenino porque estipularon la obligación de transmitir 10 partidos de fútbol de las competiciones masculinas y solo uno de los partidos de la Liga Femenina”.

LOS CONTRASTES

  • Santiago SotoRepresentante Legal Soto Luna abogados

    “La libre competencia está regulada por el artículo 88 de la Constitución Política, ley 155 de 1959, decreto 2153 de 1992, ley 1349 de 2009, y una serie de resoluciones y guías prácticas de la Superintendencia”.

Pero qué es la cartelización. Juan Francisco Navarrete, socio y director de Navarrete Consultores, lo explica. “La cartelización es un término que no tiene una definición a nivel legal. Corresponde a hacer referencia a ciertas actividades que encuentran el control o el monopolio por parte de algunas personas que generan las directrices de cómo se deben manejar ciertos productos o cierto mercado”.

De ser comprobadas las conductas, la SIC podrá imponer multas hasta de 100.000 smlmv, equivalentes a $116.000 millones por cada infracción; y a las personas naturales que hubieran colaborado, hasta de 2.000 smlmv, equivalentes a $2.320 millones.

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