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Judicial

Multas por instalar cámaras ocultas en espacios privados podrían llegar a $1.750 millones

Ser propietario de un inmueble no autoriza grabar a sus ocupantes sin consentimiento, incluso cuando se alegan razones de seguridad

27 de octubre de 2026

Lucas Martínez


Las consecuencias de instalar cámaras en baños, vestidores o alojamientos de alquiler
Gráfico LR
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Encontrar una cámara oculta en un baño, un vestidor o una habitación de un alojamiento de alquiler puede generar preocupación sobre la privacidad y el uso que se les pueda dar a las imágenes grabadas. Aunque estos dispositivos pueden pasar inadvertidos por su tamaño o ubicación, instalarlos en espacios donde las personas esperan tener intimidad puede ir más allá de una invasión a la privacidad y dar lugar a consecuencias legales para quien los ubique o utilice.

La instalación de cámaras en espacios privados debe analizarse en relación con los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la propia imagen, así como de las normas penales que puedan resultar aplicables. Por lo que no es lo mismo instalar un sistema de videovigilancia visible para proteger un establecimiento que ocultar un dispositivo en un baño, un vestidor o una habitación para registrar a una persona sin su conocimiento.

Sharon Nicole Castillo, directora de Sharon Castillo Abogados, explicó que una de las primeras cosas que debe hacerse es revisar dónde estaba instalada la cámara y qué se hizo después con las imágenes, debido a que no todos los casos tienen la misma consecuencia penal. “Si hablamos de una habitación, un apartamento o un alojamiento entregado temporalmente a una persona, el Código Penal sanciona a quien, por un medio indebido, observe, grabe, fotografíe o filme aspectos de la vida privada de quienes ocupan ese lugar”, explicó Castillo.

La abogada agregó que pueden aparecer otros delitos en caso de que las imágenes hayan sido almacenadas, utilizadas, enviadas o divulgadas sin autorización. Por ello se podría estudiar una violación a los datos personales y por lo que se podrían contemplar penas de prisión de 48 a 96 meses y multas de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($175 millones a $1.750 millones).

Las consecuencias de instalar cámaras en baños, vestidores o alojamientos de alquiler
Gráfico LR

“Algo importante es que no podemos decir que cualquier cámara oculta configura automáticamente un mismo delito. No es igual encontrarla en una habitación de alojamiento que en el baño de un centro comercial, un gimnasio o un vestidor. En todos esos escenarios existe una afectación muy seria de la intimidad, pero la adecuación penal depende del lugar, de lo que se haya grabado y del uso que posteriormente se le haya dado al material”, señaló Castillo e hizo énfasis en que en el país hay la ausencia de delito.

¿Y si soy el propietario?

Castillo señaló que el ser propietario del inmueble no se traduce en ser “propietario de la intimidad de quien se hospeda allí”. Lo que quiere decir que cuando una persona recibe una habitación o un apartamento para alojarse, ese espacio se convierte temporalmente en su domicilio y existe una expectativa legítima de privacidad.

“La jurisprudencia ha reconocido expresamente que esa protección no depende de quién sea el dueño o administrador del inmueble”, mencionó Castillo.

La experta también agregó que la seguridad puede justificar cámaras en algunos accesos o determinadas zonas comunes, esto siempre que se respeten las reglas sobre información y tratamiento de datos. Pero esto sería muy distinto a instalar una cámara oculta en una habitación, un baño, una ducha o un vestidor. “Allí la expectativa de intimidad es muchísimo mayor y simplemente decir que era ‘por seguridad’ no vuelve legítima esa vigilancia”.

¿Y si encuentra la cámara?

De acuerdo con Castillo, lo primero que se debe hacer es procurar no manipularla ni retirarla, porque el dispositivo puede convertirse en una evidencia importante para establecer quién la instaló, desde cuándo funcionaba y si las imágenes estaban siendo almacenadas o transmitidas. “Lo recomendable es documentar el hallazgo con fotografías o video, dejando claro dónde estaba ubicada y hacia dónde apuntaba, y avisar de inmediato a la Policía para que pueda verificar la situación y preservar técnicamente el dispositivo”, señaló la experta.

LOS CONTRASTES

  • Tomás Salcedo Botero
  • Tomás Salcedo BoteroParalegal de Martínez

    “En este caso, la persona que instala una cámara oculta en dichos espacios puede incurrir en violación de datos personales, según el Código Penal”.

  • Sharon Nicole Castillo
  • Sharon Nicole CastilloDirectora de Sharon Castillo Abogados

    “Lo recomendable es documentar el hallazgo con fotografías o video, dejando claro dónde estaba ubicada y hacia dónde apuntaba, y avisar de inmediato a la Policía”.

Otra cosa que puede hacer es comunicarse con la Fiscalía General de la Nación para recibir orientación sobre la denuncia y los pasos que debería seguir. También sería de utilidad conservar la reserva del alojamiento, los comprobantes de pago, las conversaciones con el propietario y cualquier información sobre quién tenía acceso al lugar.

“Evitaría confrontar primero al dueño del inmueble o advertirle del hallazgo antes de que intervengan las autoridades, porque si esa persona tiene acceso remoto a la cámara podría borrar información o eliminar archivos”, señaló Castillo.

Si las imágenes ya fueron publicadas o compartidas, también es importante que usted conserve los enlaces, las capturas de pantalla, los nombres de las cuentas y las fechas de publicación para incorporarlos posteriormente a la denuncia que se vaya a realizar.

¿y si se graba a un menor?

En caso de que en las imágenes aparezcan menores de edad y exista contenido de carácter sexual, el análisis cambiaría. El Código Penal sanciona conductas como grabar, almacenar, transmitir, poseer o divulgar ese material. De acuerdo con Castillo, las penas pueden llegar hasta 20 años en prisión.

Según el artículo 218 del Código Penal, también pueden recibir multas por hasta 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($2.626 millones).

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