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  • Alejandra Rico Muñoz

martes, 4 de julio de 2023

Puede ser sancionado con multas de 26,66 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($30,9 millones a $1.740 millones)

En el estadio, en un bar o incluso en su hogar, los hinchas portan sus camisas con orgullo. Su pasión los lleva a estar actualizados de los últimos lanzamientos de las prendas que salen en cada temporada. Sin embargo, muy pocos hinchas están dispuestos a pagar entre $300.000 y $500.000 por un atuendo que lucen pocas veces al año.

Es acá donde entran los grandes productores de camisas piratas que aprovechan los altos costos de las prendas originales para vender las de ellos a precios mucho más asequibles. De hecho, en temporada estas camisas pueden costar entre $80.000 a $100.000, al menos 73,3% más baratas.

Algunos fanáticos buscan ejemplares prácticamente iguales y compran las llamadas camisas AAA que pueden llegar a tener un costo de entre $120.000 y $150.000.

Las empresas que más se ven afectadas por esta industria son Nike, Adidas y Puma. Para estas compañías, la actividad ilegal de los falsificadores genera un impacto en su facturación de en torno a 7%, según Expansión.

Este problema llevó a que abogados expertos en propiedad intelectual estudiaran el caso. De hecho, hace unos años empezaron a llegar solicitudes de registro a la oficina Nacional de Derechos de Autor de camisas deportivas. “La dirección de derechos de autor negó la solicitud por considerar que no tiene las características de creatividad, originalidad propia de una obra para ser registrada”, explicó Juan Carlos Monroy, abogado experto en propiedad intelectual.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos MonroyAbogado experto en propiedad intelectual

    “Empezaron a verse registros de la silueta de la camiseta y de los escudos. Llegaron registros de equipos como el del Real Madrid y Boca Juniors, también de equipos colombianos y con más hinchas”.

Luego, lo interesados, empezaron a acudir a los registros marcarios. “Empezaron a verse registros de la silueta de la camiseta y de los escudos. Llegaron registros de equipos como el del Real Madrid y Boca Juniors, también de los equipos colombianos con más hinchas como Millonarios, Nacional, América, entre otros”, agregó Monroy.

La caída de ventas de las camisas originales y el aumento de las piratas fue la excusa perfecta para que equipos internacionales dieran el poder para registrar en el país la marca.

“Este negocio se aviva cuando jugadores de la Selección Colombia se van a jugar a otros equipos fuera de Colombia”, dijo Monroy.

Entonces, las camisas de fútbol empezaron a ser registradas como un diseño industrial o marca que podría ser tridimensional y, de esta manera, estarían protegidas a través de la propiedad industrial.

“Por ejemplo, diferentes casas de fútbol han registrado sus escudos al ser una parte distintiva de su marca. Sin embargo, no es posible afirmar que el registro se presenta en razón a los derechos de autor pues, las camisas de fútbol, no se ajustan a ninguna de las ocho clasificaciones que ha establecido la ley sobre el particular”, explicó José Luis Jerez, socio de CMM Abogados.

Es importante tener en cuenta que el escudo de una camiseta deportiva, en cambio, sí debe estar registrado como marca. “Se trata del signo distintivo de una empresa que presta un servicio particular y, como elemento diferenciador, ha de estar debidamente registrado para garantizar su uso exclusivo”, explicó Manuela Gómez Avendaño, abogada comercialista.

Sanciones

“En el evento en que un tercero no autorizado comercialice camisas de fútbol o de equipos deportivos falsificadas, que incluyan los elementos protegidos por propiedad intelectual como las marcas del fabricante, el emblema o escudo del equipo y las marcas de los patrocinadores, incurre en el delito de usurpación de derechos de propiedad industrial”, explicó Camila Ramírez, del área de Propiedad Intelectual de PPU.

El Código Penal ha dispuesto en el artículo 306 que la persona que falsifique las camisas de fútbol puede ser sancionado con multas de 26,66 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($30,9 millones a $1.740 millones).

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