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Edictos y Avisos Legales





REMATES

9 de febrero de 2025

AVISO DE REMATE

JUZGADO DOCE CIVIL DEL CIRCUITO 

Pro.  Divisorio de venta de Bien Común 

Dte. Pedro Nel Duque Aristizábal 

Ddo. Telmo Augusto Alonso Méndez y otros 

Rad. 76-001-31-03-012-2014-00592-00 

Santiago de Cali, veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) 

En atención a la constancia secretarial que antecede, y teniendo en cuenta que en efecto se han cumplido los trámites pertinentes conforme la providencia del 21 de julio de 2020, en la cual se decretó la venta en pública subasta de los bienes distinguidos con la matrícula inmobiliaria No. 370-326516 de la Oficina de Instrumentos Públicos, los cuales se encuentran debidamente embargado y secuestrado. En mérito de lo anterior, el Juzgado 

DISPONE 

PRIMERO: Aprobar el avaluó del inmueble con matrícula inmobiliaria No. 370- 326516, el cual no fue objetado por la contra parte, se imparte aprobación. 

SEGUNDO: SEÑALAR la hora de las 9:00 del día 11 del mes de marzo del año 2025, para llevar a efecto la venta en pública subasta de los bienes inmueble objeto de la demanda. 

ADVERTIR a los interesados, que DEBERAN INTERVENIR en la audiencia virtual en la fecha y hora señalada, a fin de practicar la subasta del inmueble objeto del presente proceso y para los fines señalados en el artículo 452 del C. G. del P. 

La licitación comenzara a la hora indicada y no se cerrará sino transcurrida una hora de su iniciación, será postura admisible la que cubra el 100% del avaluó dado al bien inmueble, por valor de MIL DOSCIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.202.581.500,00) y postor hábil quien previamente consigne el 40% del mismo. 

El secuestre designado es la SOCIEDAD INVERSIONES SERNA Y ASOCIADOS S.A.S, que designó como persona natural a VICTOR EDUARDO SERNA VILLA identificado con la C.C. 1.144.147.939. DIRECCION CRA 3 D # 65-56 P.2 Cali. TELEFONO: 316-4681198. 

DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Se trata del inmueble ubicado en la CALLE 23 # 36 B-49 BARRIO NUEVO COLON DE CALI. Distinguido con la M.I. 370-326516 DE LA ORIP DE CALI. CUYOS LINDEROS Y DEMAS CARACTERISITCAS SON LOS SIGUIENTES: 

Dicho bien inmueble se encuentra ubicado en el barrio Cristóbal Colon de la ciudad de Santiago de Cali en la Calle 23 No. 36B-49 de la actual nomenclatura urbana de esta ciudad, alinderado así: NORTE.- con predio que es o fue de JESÚS ENRIQUE CARDONA GOMEZ, en una extensión aproximada de 55 metros; SUR.- Con zona verde del Municipio de Cali, en extensión aproximada de 55 metros, en la cual se encuentra adecuadas una cancha de baloncesto y una cancha de futbolito; ORIENTE.- Con la futura calzada de la calle 25, en extensión aproximada de 8 metros y OCCIDENTE.- con la calle 23 de la actual nomenclatura urbana, en extensión aproximada de 13,50 metros. El inmueble antes descrito y alinderado aparentemente tiene un área aproximada de 511 metros cuadrados y a él corresponde el Folio de matrícula Inmobiliaria No. 370-0326516 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali y el código catastral No. 1.54800700-18; La sociedad PROQUIM INDUSTRIAL S.A. EN LIQUIDACION OBLIGATORIA adquirió el inmueble por compra hecha al señor OSCAR EMILIO MOLINA LOPEZ, según consta en la escritura pública No. 934 otorgada el 02 de Abril de 1991 en la Notaría Cuarta del Círculo de Cali. 

Efectúese las publicaciones de ley. 

Publicación del remate, el cual se debe regir bajo los parámetros del Art. 450 del C. G. del P. 

Debe allegar la parte interesada un certificado de tradición con vigencia no  mayor de cinco (5) días a la fecha del remate. 

Para efectos de llevar la audiencia, se dará aplicación a lo dispuesta en el Acuerdo PCSJA 20-11632 de fecha 30/09/2020 mediante el cual dispone: 

"Articulo 14. Audiencias de remate, Para la realización de las audiencias de remate, el funcionario judicial a cargo de la diligencia coordinará con la dirección seccional correspondiente, la recepción física de los sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso, hasta tanto se habiliten los mecanismos electrónicos, la diligencia se adelantará por medios técnicos de comunicación simultánea. Así mismo, prevenir a los intervinientes que previo a la fecha programada para la realización de la audiencia virtual, se informen en la secretaria del despacho por los medios disponibles y con la antelación debida, sobre las condiciones de realización de la diligencia y el link o enlace asignado para la conexión virtual, como quiera que ella dará iniciación a la hora exacta señalada, para lo cual se recomienda puntualidad y conectarse previo a su inicio por lo menos veinte (20) minutos antes a efecto de verificar su identificación, asistencia de los intervinientes, de ser el caso, preparación e inclusión de datos en el sistema de audiencias. 

Ha sido designado como secuestre 

Correo electrónico del juzgado: j12cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co y teléfono 8986868 ext. 4122. 

NOTIFIQUESE 

CLAUDIA CECILIA NARVAEZ CAICEDO 

JUEZ 

Documento generado en 28/11/2024 11:59:16 AM 

Descargue el archivo y valide Este documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Firma Electronica 

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