Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
Rama Judicial
Consejo Superior de la Judicatura
República de Colombia
Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias
Cali-Valle del Cauca
SIGCMA
JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE
CALI - VALLE
memorialesj08ofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación memoriales Juzgado 08
AVISO DE REMATE
Santiago de Cali, 27 de enero de 2025
Oficio No. 0057/2025
REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO
DEMANDANTE: GUSTAVO ADOLFO DIAZ VALDERRUTEN C.C. 1.006.491.186
DEMANDADO: DISNEY GARCIA ARIAS C.C. 66.959.233
RADICACION: 76001400300820180053800
AUTO: 0301
Cordial Saludo,
EI JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE CALI, mediante Auto No. 0301 del 27 de enero de 2025, resolvió: "PRIMERO: SOLICITAR a la Oficina de Apoyo de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Cali, a fin de que procedan a la devolución del depósito judicial relacionado a continuación deberá ser pagado a la señora SANDRA MILENA MARULANDA GARCIA identificada con cedula de ciudadanía No. 1.002.717.935.
Número del Titulo - 469030003154775
Documento Demandante -1006491186
Nombre: GUSTAVO ADOLFO DIAZ VALDERRUTEN
Fecha Constitución - 20/01/2025
Valor: $19.600.000.00
SEGUNDO: FÍJESE FECHA DE REMATE, para el dia 04 del mes de MARZO del año 2025 a la 2:00 PM para llevar a cabo la diligencia de remate de los derechos que posee la demandada DISNEY GARCIA ARIAS sobre el bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 370-819232 en la Oficina de Instrumentos Públicos de Cali, encontrándose debidamente embargado, secuestrado y avaluado en el presente asunto, altenor del art. 448 del C.G.P, el cual se describe a continuación:
Matricula inmobiliaria No. 370-819232.
Dirección: Calle 46 A # 33D-11 Barrio El Vergel.
El Avalúo de los derechos que corresponden al demandado equivalen a la suma de $48.855.000.
Secuestre (inmueble): DMH SERVICIOS INGENIERIA S.A.S. quien se ubica en la carrera Calle 72 No.11C-24 de la Ciudad.
Fijese y publiquese el respectivo aviso en el periódico OCCIDENTE, O EL PAÍS, o LA REPUBLICA, en la forma y términos que regula el art. 450 del C.G.P. TERCERO: EXPIDASE por secretaria el aviso de remate correspondiente y remitase al interesado a la mayor brevedad posible por el medio más expedito y eficaz para su debido diligenciamiento o de ser el caso fijese cita presencial para su respectiva entrega el día hábil siguiente que quede ejecutoriado el presente proveído.
CUARTO: DEBERÁ AGREGARSE antes de dar inicio a la subasta, copia informal de la página del Diario en donde se publicó el aviso, así mismo un certificado de libertad y tradición del inmueble actualizado, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de remate.
QUINTO: La diligencia comenzara a la hora antes indicada y no se cerrará hasta que haya transcurrido una hora desde su inicio, siendo postura admisible la que cubra el 70% del total del avalúo (art. 448 C.G.P.) y postor hábil que previamente consigne el 40% del avalúo del respectivo bien (art. 451 C.G.P.) que deberá ser consignado previamente a orden de la Oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta única #760012041700 y código de dependencia #760014303000, sección depósitos judiciales y presentar la postura digital con archivo cifrado dirigido al correo electrónico institucional de este despacho j08ejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co.
SEXTO: INFORMAR A LOS USUARIOS de la administración de justicia que, en el siguiente Link, podrán acceder a la diligencia de remate https://teams.microsoft.com/l/meetup- join/19%3ameeting MjU2ZGEwNTgtMjAxMS000WFkLWI4NmltMGNiNjRmNDdiZjEy%40th
read.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%222ba0e0c0-c3fb-435d-acca-
57d233e08d66%22%7d" (Fdo.) CESAR AUGUSTO MORENO CANAVAL. -Juez- En virtud de lo anterior sírvase proceder de conformidad.
Atentamente,
JORGE MUÑOZ GUTIERREZ Profesional Universitario Grado 17
Líder de Gestión Documental
Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali
IMPORTANTE: Este documento se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tiene caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co [firma electrónica] o ingrese al link https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Firma Electronica/validarDocumento y digite el número que figura en la parte inferior del documento firmado.
Firmado Por:
Jorge Muñoz Gutierrez
Profesional Universitario - Funciones Secretariales
Juzgado Municipal De Ejecución
Civil
Cali-Valle Del Cauca
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez juridica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 noviembre 30 de 2015 "Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015" y a su vez se crean con "carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional", ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS Citas atención al público
apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co
Código: 9675
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