Edictos y Avisos Legales
AVISO
CORMACARENA. RESOLUCIÓN. PS-GJ.1.2.6.22.2289. EXPEDIENTE PM-GA. 3.5.2.11.019.012. Artículo 9º. Respecto al cargue, transporte y descargue de Nafta, en el momento que se realice, la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS INDUSTRIALES E INTEGRALES S.A.S, TRANSIMA S.A.S., deberá tener en cuenta que de utilizar la malla vial de la zona de reserva forestal protectora Buenavista, la cual es un territorio exclusivo para la producción de agua y el mantenimiento de las poblaciones de flora y fauna, como soporte de la biodiversidad de la ciudad y patrimonio de las nuevas generaciones. Artículo 10° Esta Corporación con fundamento en el artículo 62 de la Ley 99 de 1993, podrá revocar o suspender la presente Resolución, cuando las condiciones y exigencias planteadas en este acto· administrativo no se estén cumpliendo; sin perjuicio de que se inicie un proceso sancionatorio en los términos de la Ley 1333 de 2009. Parágrafo. El plan de contingencia de la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS INDUSTRIALES E INTEGRALES S.A.S, TRANSIMA S.A.S., está sujeto a control y· seguimiento anual, contando como fecha de inicio, la ejecutoria · del presente acto administrativo. Artículo 11 º. Comuníquese el contenido de la presente Resolución a la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria, para lo de su competencia y fines pertinentes. Artículo 12º. La empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS INDUSTRIALES E INTEGRALES S.A.S, TRANSIMA SAS, en el término de cinco (05) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo, tendrá. que publicar el encabezado y parte Resolutiva del presente acto administrativo en un Diario circulación nacional o regional, y allegar un ejemplar para que obre dentro del expediente de la referencia, lo anterior para dar cumplimiento al principio de publicidad, de conformidad al artículo 37 y 73 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 13º. El Grupo Tics adscrito a la Subdirección de Planeación y Ordenamiento Ambiental de la Corporación, deberá publicar el presente acto administrativo en su página web, conforme lo preceptúa el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 14º. Notificar a la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS INDUSTRIALES E INTEGRALES S.A.S, TRANSIMA S.A.S, a través de su representante legal y/o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 -Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. En el evento de que la empresa en mención haya autorizado la notificación por correo electrónico, se deberá efectuar de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 2080 del 2021, por medio del cual se modifica el artículo 56 de la Ley 1437 del 2011. Artículo 15º. Contra este acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto con el lleno de los requisitos legales, de conformidad a lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011. NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. ANDRES FELIPE GARCIA CESPEDES. Directo General Cormacarena.
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