Edictos y Avisos Legales
EDICTO EMPLAZATORIO
FUNDACION HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO
Barranquilla, 12 de julio de 2023
SEGUNDO EDICTO EMPLAZATORIO
LA FUNDACION HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO, identificada con Nit No 8901085971 según resolución No 857 de 1 de marzo de 2021 de la Secretaria de Salud Departamental del Atlántico, a través de su Representante Legal Dr. Alberto Enrique Acosta Pérez, se permite informar a toda la opinión pública con este segundo EDICTO EMPLAZATORIO que esta institución prestadora del servicio de salud, se encuentra cerrada desde octubre de 2020. Que existe un cierre definitivo por parte de la Secretaria de Salud Distrital de Barranquilla, en donde fuimos eliminados del REPS (REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD) por lo tanto, le comunicamos y notificamos a todas aquellas personas naturales y jurídicas que se crean con derechos o que tengan deudas, acreencias, facturas, acuerdos, contratos, etc., para que presenten sus demandas a través de la Justicia Ordinaria Civil, Laboral, Administrativa, etc.
LA FUNDACION HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO, notifica y comunica a todos los ex trabajadores con contratos a términos indefinidos, a término fijo, o contrato de prestación de servicios para que acudan y presenten sus demandas de reclamación de derechos laborales ante la Justicia Ordinaria Laboral del Circuito de Barranquilla, debido a que en octubre del año 2023, prescriben todas las prestaciones sociales, acreencias laborales y derechos laborales que pudiesen ser afectados con el cierre definitivo de esta institución, conforme al Art 488 del CST y Art 151 del CPL.
De igual forma notificamos y comunicamos a todas las EPS, fondos de pensiones, ARL, para que por favor presenten sus reclamaciones o demandas ante la Justicia Ordinaria Civil, teniendo en cuenta de manera objetiva el cierre o cese de actividades desde octubre del año 2020, debido a que como entidad prestadora del servicio de salud no se encuentra funcionando desde esa fecha, por lo tanto, al no existir la actividad económica de acuerdo al objeto social (Prestación del servicio de salud), existen obviamente una terminación contra actual de manera integral.
LA FUNDACION HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO, notifica y comunica a todos los integrantes del SINDICATO SINTRAFHUM, para que presenten sus demandas individuales o colectivas (si a bien les pareciere) ante el Juez Laboral del Circuito de Barranquilla, en donde podrán reclamar todos sus derechos laborales (cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, primas legales, convención colectiva si la hubiere, acuerdos, discrepancias con pactos colectivos, indemnizaciones, intereses moratorios, accidentes laborales, enfermedades laborales, reclamaciones o demandas por culpa plena del empleador, conforme al art 216 del CST, ETC) así mismo se les comunica y notifica a SINTRAFHUM que la actividad de PRESTACION DEL SERVICIO DE SALUD, ya no se encuentra vigente, debido a que fuimos eliminados del REPS (REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD) y por ello al existir un cierre definitivo por parte de la Secretaria de Salud de Barranquilla, no existe empresa, no existe actividad del objeto social y no puede existir un sindicato en donde su función principal es velar por la no vulneración de los trabajadores activos de una empresa. Es decir, que, al no existir objeto social, ni existir funcionamiento alguno no puede existir SINDICATO. Por ello le invitamos nuevamente a que les comuniquen a todos los trabajadores que legalmente sus derechos laborales prescriben en octubre del 2023. Esta institución presentara una demanda laboral contra SINTRAFHUM ante la Justicia Ordinaria Laboral del Circuito de Barranquilla para que ordene la disolución, liquidación y cancelación del registro sindical, debido a que no existe prestación del servicio de salud durante 3 años.
LA FUNDACION HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO, notifica y comunica al Ministerio del Trabajo Territorial Atlántico que la actividad comercial y del servicio de salud no se encuentra en funcionamiento desde el año 2020, tal como consta en el acta firmada por el Representante Legal (e) el presidente del SINDICATO SINTRAFHUM y otros trabajadores en el mes de marzo del año 2020.
Por lo tanto, solicitamos al Ministerio del Trabajo Territorial Atlántico que tenga en cuenta el cierre definitivo de esta institución para que por favor archive todas las investigaciones administrativas o querellas que cursan contra esta institución ordenando el archivo de las mismas. O en su defecto declarar la falta de competencia ante cualquiera querella administrativa presentada ante cualquier trabajador de esta institución debido a que legalmente no se encuentra en funcionamiento la prestación del servicio de salud y opera el fenómeno de la caducidad conforme a los Art 17,47 y SS de la ley 1437 de 2011.
ANEXOS
-PODER GENERAL PARA ACTUAR OTORGADO POR EL DR. ALBERTO ACOSTA PEREZ
Cordialmente,
JOSE LUIS CASTRO GUERRA
REPRESENTANTE LEGAL (E)
(Hay firma)
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