Edictos y Avisos Legales
RESOLUCION
Giron Curaduría Urbana
No. 2 de Girón
CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON
Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY
RESOLUCION No. AACU2G- 0218 25 04 2025
RAD.: N° 683072240431 DEL 02 DE DICIEMBRE DEL 2024
POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO
RESUELVE:
PRIMERO: CONCEDER el reconocimiento de la existencia de una edificación para uso de VIVIENDA MULTIFAMILIAR a MARTHA INES ESPARZA SOLANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.533.707, en su calidad propietaria del predio con LT DE TERRENO LT 2 MZ 29 del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 683070103000009840007000000000, matrícula inmobiliaria N° 300-363306.
SEGUNDO: AUTORIZAR LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN en suelo urbano, con un área construida de 296,31 m2, en un lote con un área de 50,00 m2, para Cinco (5) unidades de vivienda en Cinco (5) pisos más terraza común de uso exclusivo para unidad de vivienda 501; Adicionalmente, se aprueban Dos (2) estacionamientos para motocicletas. PRIMER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 49,58 m2. AREA LIBRE DE 0,42 m2. SEGUNDO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 60,21 m2, AREA LIBRE DE 0,00 m2. TERCER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 60,21 m2, AREA LIBRE DE 0,00 m2. CUARTO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 60,21 m2, AREA LIBRE DE 0,00 m2. QUINTO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 60,21 m2, AREA LIBRE DE 0,00 m2. TERRAZA: AREA CONSTRUIDA DE 5,89 m2, AREA LIBRE DE 54,32 m2. TOTAL, AREA CONSTRUIDA DE 296,31 m2. TOTAL, AREA LIBRE DE 54,74 m2. TERCERO: El presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales de una licencia de construcción.-- PARÁGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción.". CUARTO: Informar al titular de la solicitud que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015, no debe ocupar total o parcialmente el espacio público, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado. QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015. SEXTO: El proyecto arquitectónico, plano estructural, peritaje estructural y estudio de suelos de la construcción y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución. SÉPTIMO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. OCTAVO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta. Expedida en Girón, a los 25 ABR 2025 Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY Curador Urbano N° 2 Girón
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