Edictos y Avisos Legales
EDICTO
NOTARÍA QUINTA DE BUCARAMANGA
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA - A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días en el trámite de la sucesión intestada del(la) causante(s) CARLOS JAIMES PEREZ (Q.E.P.D.) quien en vida se identificaba con cédula 91.278.772 de Bucaramanga. RAFALE ANDRES URIBE AMADO, mayor de edad, vecino y domiciliado en Bucaramanga, JUAN RODRIGO CALDERON JAIMES, mayor de edad, vecino y domiciliado en Bucaramanga, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.102.383.978 expedida en Piedecuesta abogado en ejercicio con Tarjeta Profesional 449.878 del C.S.J, obrando en calidad de apoderado especial de, MARIA DEL TRANSITO GONZALEZ RAMIREZ, mayor de edad, domiciliada en Floridablanca, identificada con cédula de ciudadanía número 63.444.529 expedida en Floridablanca, de estado civil en calidad de cónyuge sobreviviente, CARLOS ATURO JAIMES GONZALEZ, mayor de edad, domiciliado en Floridablanca, identificado con cédula de ciudadanía número 1.098.747.562 expedida en Bucaramanga, de estado civil soltero sin unión marital de hecho, OSCAR DAVID JAIMES GONZALEZ, mayor de edad, domiciliado en Floridablanca, identificado con cédula de ciudadanía número 1.098.773.131 expedida en Bucaramanga, de estado civil soltero sin unión marital de hecho en calidad de cónyuge sobreviviente, obrando en calidad de únicos herederos en sucesión de los CARLOS JAIMES PEREZ (Q.E.P.D.) quien en vida se identificaba con cédula 91.278.772 de Bucaramanga quien falleció el día 01 de noviembre de 2025, inscrito bajo el serial número 10481202 de la Notaría Séptima de Bucaramanga, Siendo su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, presento ante esta Notaría solicitud para el trámite de sucesión del(los) citado(s) causante.
Aceptado el presente trámite, mediante ACTA N° 030 de fecha 04 de marzo de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio, y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988.Para constancia, firmo la presente acta, en la ciudad de Bucaramanga, a 04 de marzo del dos mil veintiséis (2.026).
MARCO TULIO SINISTERRA HURTADO Notario Quinto del Círculo de Bucaramanga (HAY FIRMA)
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