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EDICTOS Y AVISOS LEGALES

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EDICTOS
EDICTO
5 de septiembre de 2021 / 19 de septiembre de 2021 / 12 de septiembre de 2021

 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO

CITA Y EMPLAZA A:

TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS y los herederos determinados e indeterminados de Raúl Prieto Larrota; la Sucesión del causante Carlos Julio Puentes Salcedo: Carlos Julio Puentes Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael María Puentes Cárdenas, Marina Puentes Cárdenas, José de los Reyes Puentes Cárdenas, Flora Puentes Cusba y Herederos Indeterminados; Sucesión del causante Rafael María Puentes Salcedo: Ecelmira Torres Pérez, Lady Paola Puentes Torres y Herederos Indeterminados; Cesar Prieto Larrota, Cesar José Prieto Larrota, Carlos Julio Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael Maria Cárdenas, José de los Reyes Cárdenas, Elva Flor Cusba, Flora Puentes Cusba, Marina Cárdenas de Cristancho que se crean con algún derecho a intervenir en la demanda de RECONVENCIÓN DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA adelantada por el señor JOSÉ LEVI BARRERA ROJAS apoderado judicial Dr. MANUEL JOSÉ GRANADOS LÓPEZ contra LUÍS ANTONIO PUENTES CUSBA, dentro del proceso ORDINARIO REIVINDICATORIO No. 2014-00175 (J-1), Demanda que versa sobre el predio que se describe a continuación sobre el siguiente predio: inmueble con un área aproximada de 450 hectáreas ubicado en el municipio de Mongua Boyacá, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con la quebrada de Sismoza. POR EL SUR: Con la cuchilla y herederos de JESUS VEGA BAEZ, HERNÁN PÉREZ Y HEREDEROS DE ADELINA VEGA. POR EL ORIENTE: Con el Rio Cravo Sur y la quebrada Sismoza. POR EL OCCIDENTE: Con LUIS ANTONIO PUENTES CUSBA, ELBA FLOR CUSBA, RAFAEL CARDENAS Y GABRIEL ACEVEDO y encierra, predio identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 095-20037 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Sogamoso (Boy) El predio hace parte de uno de mayor extensión denominado "FINCA SANTA BARBARA" ubicado en la vereda Sirguaza del área rural del municipio de Mongua (Boy.), con los siguientes linderos generales; desde la confluencia del Rio Cravo Sur, con la quebrada Sismoza, en línea recta a encontrar un cerro peñascoso que se haya sobre el camino nacional del Cravo Sur y que esta cerca del puente de la quebrada Sismoza, sigue en linea recta por la cima de una cuchilla peñascosa mas alta, pasando por la mitad de la planada donde era el sitio de la casa Caicuá, en recta a buscar la continuación de esta cuchilla separando el potrero de Caicus del aljibe, sigue por la cima de la cuchilla a un bosque de matas de encenillo, y sigue por la cima de esta Cuchilla hasta encontrar un morro alto, donde nace otra cuchilla y sigue por la cima hasta encontrar la planada del lochal separado los potreros de la laja desde la olla de las pavas, pasa el costado derecho de la planada del lochal a encontrar la cordillera alta que separa las tierras de las salinas de Mongua de lo terrenos de herederos de Simón Torres, vuelve la cordillera toda hasta la derecha hasta encontrar la quebrada de Sandi que sale de Cuchijao y que es la misma que se llama Sismoza, por la cuchilla mas alta y vuelve aguas abajo toda esta quebrada hasta encontrar el Rio Cravo Sur, punto de partida deslindado con terrenos que eran de Juan Reyes Patria y hoy son de Ignacio Pérez, Salomon Ruíz, Ventura Garzón y Evaristo Pico a dar al primer lindero y encierra, y todo por linderos reconocidos en todos sus costados.

Se les advierte a los emplazados que deben concurrir al proceso dentro de los diez (10) días siguientes a la expiración del presente EDICTO, con el fin de que se notifiquen del auto Admisorio de la demanda de fecha 11 de agosto de 2017 y del auto del 12 de agosto de 2021, la demanda y sus anexos, si transcurrido el término antes indicado no comparecen se le nombrara curador ad -litem, con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art 8 del Decreto 508 de 1974, el presente EDICTO se fijará en un lugar visible de la secretaria del Juzgado por el término legal de quince (15) dias y se expiden copias para su publicación en la cartelera de la secretaria de la alcaldía de Móngua, durante el mismo término, y en un diario de amplia circulación en el lugar, como "EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA", en día domingo, o en una emisora de amplia sintonía en la región, por tres (3) veces con intervalos no menores de dos (2) días. Hoy treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.)

Atentamente,

YIRA ELIZABETH CARDONA ARIZA

Secretaria (HAY FIRMA)


 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO

CITA Y EMPLAZA A:

TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS y los herederos determinados e indeterminados de Raúl Prieto Larrota; la Sucesión del causante Carlos Julio Puentes Salcedo: Carlos Julio Puentes Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael María Puentes Cárdenas, Marina Puentes Cárdenas, José de los Reyes Puentes Cárdenas, Flora Puentes Cusba y Herederos Indeterminados; Sucesión del causante Rafael María Puentes Salcedo: Ecelmira Torres Pérez, Lady Paola Puentes Torres y Herederos Indeterminados; Cesar Prieto Larrota, Cesar José Prieto Larrota, Carlos Julio Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael Maria Cárdenas, José de los Reyes Cárdenas, Elva Flor Cusba, Flora Puentes Cusba, Marina Cárdenas de Cristancho que se crean con algún derecho a intervenir en la demanda de RECONVENCIÓN DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA adelantada por el señor JOSÉ LEVI BARRERA ROJAS apoderado judicial Dr. MANUEL JOSÉ GRANADOS LÓPEZ contra LUÍS ANTONIO PUENTES CUSBA, dentro del proceso ORDINARIO REIVINDICATORIO No. 2014-00175 (J-1), Demanda que versa sobre el predio que se describe a continuación sobre el siguiente predio: inmueble con un área aproximada de 450 hectáreas ubicado en el municipio de Mongua Boyacá, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con la quebrada de Sismoza. POR EL SUR: Con la cuchilla y herederos de JESUS VEGA BAEZ, HERNÁN PÉREZ Y HEREDEROS DE ADELINA VEGA. POR EL ORIENTE: Con el Rio Cravo Sur y la quebrada Sismoza. POR EL OCCIDENTE: Con LUIS ANTONIO PUENTES CUSBA, ELBA FLOR CUSBA, RAFAEL CARDENAS Y GABRIEL ACEVEDO y encierra, predio identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 095-20037 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Sogamoso (Boy) El predio hace parte de uno de mayor extensión denominado "FINCA SANTA BARBARA" ubicado en la vereda Sirguaza del área rural del municipio de Mongua (Boy.), con los siguientes linderos generales; desde la confluencia del Rio Cravo Sur, con la quebrada Sismoza, en línea recta a encontrar un cerro peñascoso que se haya sobre el camino nacional del Cravo Sur y que esta cerca del puente de la quebrada Sismoza, sigue en linea recta por la cima de una cuchilla peñascosa mas alta, pasando por la mitad de la planada donde era el sitio de la casa Caicuá, en recta a buscar la continuación de esta cuchilla separando el potrero de Caicus del aljibe, sigue por la cima de la cuchilla a un bosque de matas de encenillo, y sigue por la cima de esta Cuchilla hasta encontrar un morro alto, donde nace otra cuchilla y sigue por la cima hasta encontrar la planada del lochal separado los potreros de la laja desde la olla de las pavas, pasa el costado derecho de la planada del lochal a encontrar la cordillera alta que separa las tierras de las salinas de Mongua de lo terrenos de herederos de Simón Torres, vuelve la cordillera toda hasta la derecha hasta encontrar la quebrada de Sandi que sale de Cuchijao y que es la misma que se llama Sismoza, por la cuchilla mas alta y vuelve aguas abajo toda esta quebrada hasta encontrar el Rio Cravo Sur, punto de partida deslindado con terrenos que eran de Juan Reyes Patria y hoy son de Ignacio Pérez, Salomon Ruíz, Ventura Garzón y Evaristo Pico a dar al primer lindero y encierra, y todo por linderos reconocidos en todos sus costados.

Se les advierte a los emplazados que deben concurrir al proceso dentro de los diez (10) días siguientes a la expiración del presente EDICTO, con el fin de que se notifiquen del auto Admisorio de la demanda de fecha 11 de agosto de 2017 y del auto del 12 de agosto de 2021, la demanda y sus anexos, si transcurrido el término antes indicado no comparecen se le nombrara curador ad -litem, con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art 8 del Decreto 508 de 1974, el presente EDICTO se fijará en un lugar visible de la secretaria del Juzgado por el término legal de quince (15) dias y se expiden copias para su publicación en la cartelera de la secretaria de la alcaldía de Móngua, durante el mismo término, y en un diario de amplia circulación en el lugar, como "EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA", en día domingo, o en una emisora de amplia sintonía en la región, por tres (3) veces con intervalos no menores de dos (2) días. Hoy treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.)

Atentamente,

YIRA ELIZABETH CARDONA ARIZA

Secretaria (HAY FIRMA)


 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO

CITA Y EMPLAZA A:

TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS y los herederos determinados e indeterminados de Raúl Prieto Larrota; la Sucesión del causante Carlos Julio Puentes Salcedo: Carlos Julio Puentes Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael María Puentes Cárdenas, Marina Puentes Cárdenas, José de los Reyes Puentes Cárdenas, Flora Puentes Cusba y Herederos Indeterminados; Sucesión del causante Rafael María Puentes Salcedo: Ecelmira Torres Pérez, Lady Paola Puentes Torres y Herederos Indeterminados; Cesar Prieto Larrota, Cesar José Prieto Larrota, Carlos Julio Tibamosca, Luis Antonio Puentes Cusba, Rafael Maria Cárdenas, José de los Reyes Cárdenas, Elva Flor Cusba, Flora Puentes Cusba, Marina Cárdenas de Cristancho que se crean con algún derecho a intervenir en la demanda de RECONVENCIÓN DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA adelantada por el señor JOSÉ LEVI BARRERA ROJAS apoderado judicial Dr. MANUEL JOSÉ GRANADOS LÓPEZ contra LUÍS ANTONIO PUENTES CUSBA, dentro del proceso ORDINARIO REIVINDICATORIO No. 2014-00175 (J-1), Demanda que versa sobre el predio que se describe a continuación sobre el siguiente predio: inmueble con un área aproximada de 450 hectáreas ubicado en el municipio de Mongua Boyacá, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con la quebrada de Sismoza. POR EL SUR: Con la cuchilla y herederos de JESUS VEGA BAEZ, HERNÁN PÉREZ Y HEREDEROS DE ADELINA VEGA. POR EL ORIENTE: Con el Rio Cravo Sur y la quebrada Sismoza. POR EL OCCIDENTE: Con LUIS ANTONIO PUENTES CUSBA, ELBA FLOR CUSBA, RAFAEL CARDENAS Y GABRIEL ACEVEDO y encierra, predio identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 095-20037 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Sogamoso (Boy) El predio hace parte de uno de mayor extensión denominado "FINCA SANTA BARBARA" ubicado en la vereda Sirguaza del área rural del municipio de Mongua (Boy.), con los siguientes linderos generales; desde la confluencia del Rio Cravo Sur, con la quebrada Sismoza, en línea recta a encontrar un cerro peñascoso que se haya sobre el camino nacional del Cravo Sur y que esta cerca del puente de la quebrada Sismoza, sigue en linea recta por la cima de una cuchilla peñascosa mas alta, pasando por la mitad de la planada donde era el sitio de la casa Caicuá, en recta a buscar la continuación de esta cuchilla separando el potrero de Caicus del aljibe, sigue por la cima de la cuchilla a un bosque de matas de encenillo, y sigue por la cima de esta Cuchilla hasta encontrar un morro alto, donde nace otra cuchilla y sigue por la cima hasta encontrar la planada del lochal separado los potreros de la laja desde la olla de las pavas, pasa el costado derecho de la planada del lochal a encontrar la cordillera alta que separa las tierras de las salinas de Mongua de lo terrenos de herederos de Simón Torres, vuelve la cordillera toda hasta la derecha hasta encontrar la quebrada de Sandi que sale de Cuchijao y que es la misma que se llama Sismoza, por la cuchilla mas alta y vuelve aguas abajo toda esta quebrada hasta encontrar el Rio Cravo Sur, punto de partida deslindado con terrenos que eran de Juan Reyes Patria y hoy son de Ignacio Pérez, Salomon Ruíz, Ventura Garzón y Evaristo Pico a dar al primer lindero y encierra, y todo por linderos reconocidos en todos sus costados.

Se les advierte a los emplazados que deben concurrir al proceso dentro de los diez (10) días siguientes a la expiración del presente EDICTO, con el fin de que se notifiquen del auto Admisorio de la demanda de fecha 11 de agosto de 2017 y del auto del 12 de agosto de 2021, la demanda y sus anexos, si transcurrido el término antes indicado no comparecen se le nombrara curador ad -litem, con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art 8 del Decreto 508 de 1974, el presente EDICTO se fijará en un lugar visible de la secretaria del Juzgado por el término legal de quince (15) dias y se expiden copias para su publicación en la cartelera de la secretaria de la alcaldía de Móngua, durante el mismo término, y en un diario de amplia circulación en el lugar, como "EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA", en día domingo, o en una emisora de amplia sintonía en la región, por tres (3) veces con intervalos no menores de dos (2) días. Hoy treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.)

Atentamente,

YIRA ELIZABETH CARDONA ARIZA

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