La SIC explicó en su análisis comparativo que, en el plano ortográfico y visual, los signos presentan estructuras gráficas y cadenas vocálicas diferentes
13 de febrero de 2026Signo Opositor
Signo Solicitante
Los ciudadanos Eliel Naborth Peña Sequera y Giovanni José Higuera Ramírez se presentaron ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Caja Roja. El objetivo de la solicitud fue distinguir servicios de la Clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, específicamente servicios de restaurante de comida rápida.
Luego de la solicitud, la sociedad Torrecafé Águila Roja & Cía S.A. presentó oposición con fundamento en el literal a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.
El opositor indicó que el nombre solicitado se asemeja a sus marcas registradas, como Águila Roja y Café Águila Roja, generando un riesgo de confusión y asociación para el consumidor.
Además, agregaron que su marca es un signo distintivo notoriamente conocido en el sector del café, por lo que el uso de un signo similar podría causar un aprovechamiento injusto de su prestigio o la dilución de su fuerza distintiva.
Por su parte, los solicitantes de Caja Roja justificaron su petición explicando que no existe riesgo de confusión, ya que su menú se especializa en hamburguesas y no incluye café, operando en sectores comerciales muy distintos.
También recalcaron que la palabra Roja es un término común que no puede ser monopolizado, y señalaron que existen diferencias fonéticas marcadas, pues Caja Roja tiene dos sílabas mientras que la marca opositora es más extensa y compleja.
La SIC explicó en su análisis comparativo que, en el plano ortográfico y visual, los signos presentan estructuras gráficas y cadenas vocálicas diferentes que generan impresiones de conjunto distintas. La SIC decidió conceder el registro de la marca Caja Roja.
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