La Superintendencia de Industria y Comercio recalcó que la solicitante comercializa vinos, por lo que no se afectaría la reputación
13 de enero de 2023Marques de la Concordia Family of Wines, S.L.U. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con el objetivo de solicitar el registro de la marca Vega Reina (Nominativa), para distinguir productos comprendidos en la clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza que denota Bebidas alcohólicas (excepto cervezas).
Luego de la solicitud, Fábrica de Especias y Productos El Rey S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La opositora ha utilizado el nombre de El Rey para comercializar especias en el territorio colombiano, por lo que dijo que, “el signo nominativo Vega Reina solicitado en el presente expediente no es registrable en la medida en que no podría coexistir, sin generar riesgo de confusión y/o asociación al público consumidor, con las marcas La Reina y la marca notoriamente conocida El Rey registradas prioritariamente”.
Por otro lado, resaltó que el signo solicitante tiene similitudes ortográficas, fonéticas, visuales e ideológicos a lo que se refiere al uso de la expresión “Reina”, ya que El Rey tiene marcas parecidas como “La Reina”, por lo que los consumidores podrían pensar de que se trata de una división de la opositora y podrían llegar a asociar ambas marcas como una sola lo que perjudicaría la imagen y la notoriedad.
Además, recalcó que la Superindustria debe “considerar que el elemento realmente distintivo del signo recae en la expresión Reina y en el concepto que es evocado de la misma. Con la visión anterior no pretendo, bajo ninguna circunstancia, realizar una comparación fragmentada del signo sino destacar su elemento dominante”.
Dentro del término concedido, Marques de la Concordia Family of Wines, S.L.U. respondió a la oposición argumentado que la organización solo se dedica a la producción y comercialización de vinos, nada más aparte de esto, por lo que no habría relación en el mercado competitivo, ya que ambas marcas distinguen diferentes productos, por lo que los consumidores sabrán diferenciar sus orígenes empresariales y no habría afectaciones a terceros.
Adicionalmente, expresó que, “independientemente de si la marca El Rey es notoriamente conocida o no lo es, cosa que no está demostrada, lo que es cierto es que para el público en general, esta marca ampara condimentos y nada más”.
Tras revisar los argumentos, la SIC encontró que a pesar de que compartan la expresión “Reina”, cada signo cuenta con elementos que los diferencian uno del otro, por lo que no habría riesgo de asociación de marcas. Además, las marcas enfrentadas comercializan distintos productos, por lo que cuentan con otros canales de distribución.
Por estos motivos, la SIC decalró infundada la oposición de El Rey y concedió la marca.
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