Debido a que ambas empresas se dirigen a un mismo mercado, la Industria Licorera de Caldas presentó oposición, pero la SIC la desestimó
31 de mayo de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

En un duelo de titanes, dos de las licoreras más grandes se enfrentaron en un pleito de marcas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, luego de que la Empresa de Licores de Cundinamarca solicitó el registro de Nectar Dorado.
Debido a que ambas empresas se dirigen a un mismo mercado, la Industria Licorera de Caldas presentó oposición y argumentó que la existencia del signo solicitado podía provocar que este fuera confundido con la versión Gold de su signo registrado Ron Viejo de Caldas, Carta de Oro o Ron Caldas Gold.
Ante la oposición, la Empresa de Licores de Cundinamarca se defendió diciendo que los argumentos de la Industria Licorera de Caldas no estaban sustentados en hechos sólidos, sino en falacias, ya que su marca solicitada no solo había sido registrada previamente bajo el signo Nectar, sino que también poseía suficientes elementos distintivos, como el color y la ortografía, para evitar cualquier tipo de confusión en el mercado.
También anotó que, el hecho de que utilizara el signo ‘Dorado’ para delimitar una edición del aguardiente, no incurría en ninguna causal de irregistrabilidad que pudiera contemplar la Superindustria, pues la expresión no solo era utilizada por otras marcas, sino que también carecía de una protección de notoriedad.
Al analizar las posturas expuestas, el órgano de control señaló que, debido a que los productos comercializados por ambas marcas no han representado ningún obstáculo en su coexistencia, y que la empresa solicitante no carecía de objeto jurídico, la dirección de la Superindustria concluyó que “no encontró similitudes o identidad entre los signos confrontados”, por lo que le concedió el registro de marca a Nectar dorado y negó la oposición de la ILC.
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