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Marcas

Oxxo frenó el registro de la marca Oxi en la Superintendencia de Industria y Comercio

La Superindustria reconoció que las marcas coinciden en la raíz de la palabra, tienen una longitud similar y la misma sílaba tónica

31 de agosto de 2023

Juan Camilo Colorado


Oxxo
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Ildo Alfonso Ortiz López se presentó ante la Superindustria para registrar Oxi, que denota servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza como la gestión comercial de tiendas minoristas y mayoristas.

Luego de la solicitud, Grupo Industrial EMPREX, S. de R.L. de CV presentó oposición contra la solicitud de registro para las clases mencionadas con fundamento en los causales de irregistrabilidad establecidos en los literales a) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Grupo Industrial EMPREX, S. de R.L. de CV alegó que la propuesta no debía ser registrada porque existen similitudes gráficas, ortográficas y fonéticas entre la solicitante y la opositora y, además, los servicios reivindicados por Oxi son intercambiables y sustituibles con los de Oxxo; es decir, el consumidor podría escoger uno de los dos para satisfacer su necesidad.

En cuanto a las semejanzas fonéticas y ortográficas, los representantes de la opositora sostuvieron que Oxxo y Oxi coinciden en sus raíces, su longitud y se presenta una reproducción parcial de la secuencia vocálica y consonántica “OX”. Por otro lado, los dueños de Oxxo afirmaron que el elemento gráfico de Oxi tiene escrito el nombre de la empresa en una letra blanca (de similar caligrafía a la opositora) sobre un fondo rojo, y la letra “X” es de mayor tamaño que las vocales, como la de la empresa mexicana.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio en Amaya Propiedad Intelectual

    “Se demostró que el signo solicitado es confundible con la familia de marcas Oxxo, a su vez la diferencia de una letra es fonéticamente imperceptible”.

Ortiz López no respondió a la oposición presentada, pero sí cambió los colores a reivindicar de su marca: pasó del color rojo al color fucsia. Sin embargo, la SIC no tomó en cuenta este cambio para su análisis porque la normatividad andina no permite hacer cambios sustanciales en el derecho inicialmente solicitado, esto sumado a que los derechos pretendidos en primera instancia ya le fueron informados a terceros.

El análisis de la SIC concluyó que las marcas son confundibles; la entidad desglosó su afirmación en tres partes: la fonética, la estructura gramatical y su lado gráfico. Con respecto a la fonética, argumentaron que ambas marcas comienzan con la misma vocal y son acompañadas de la letra “X” (que tiene una entonación particularmente fuerte y distintiva). Por su estructura, afirmaron que tienen la misma raíz “OX” y la misma secuencia de sílabas, dos. Finalmente, ambos signos están incluidos en figuras geométricas con sus partes externas delineadas y cada una, a su estilo, busca que la “X” resalte.

Dicho esto, la SIC decidió no aprobar el registro de Oxi por las similitudes fonéticas, gramáticas y gráficas, pues podría presentarse confusión.

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