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  • Alexis Posso

miércoles, 8 de mayo de 2019

La ciudadana Eliana Valencia López solicitó ante la SIC el registro de la marca mixta Rosapistacho para distinguir productos de clase 25 Internacional

A pesar de la oposición de Color Siete S.A.S., la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) concedió el registro de la marca Rosapistacho a la solicitante Eliana Valencia López por 10 años contados desde 2019. La tienda de ropa se oponía por la presunta similitud con su marca, previa registrada, Rosé Pistol.

La ciudadana Eliana Valencia López solicitó ante la SIC el registro de la marca mixta Rosapistacho para distinguir productos comprendidos en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Esta categoría incluye prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería.

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 837, la tienda de ropa Color Siete S.A.S. presentó oposición ante la Superindustria con fundamento en el artículo 136 literal A de la Decisión 486 de 2000.

En su oposición, Color Siete argumentó que el hecho de que la marca solicitada reproduzca Rosé Pistol genera que “tengan la misma impresión visual pues están compuestas casi por las mismas letras”, lo que de por sí ya produce una impresión muy similar al tener longitudes prácticamente idénticas.

Adicionalmente, la compañía indicó que los elementos gráficos incluidos en el signo solicitado, lejos de representar diferencias considerables entre ambos, “sugieren una procedencia empresarial en común toda vez que el estilo de letra utilizado en el cotejo es muy similar”. Según argumenta, tiene un trazo parecido de letras cursivas y puntas pronunciadas al final de cada grafía del símbolo representado.

Por su parte y dentro del término concedido para tal efecto, la solicitante Eliana Valencia López, dio respuesta a la oposición argumentando que “con la simple vista de los signos en conflicto se puede comprobar que el signo previamente registrado está compuesto de dos palabras y no solo de una. Además, que la marca es Rosé Pistol y no Rosepistol como lo indica el opositor”.

De otra parte, aseveró que la expresión Rosapistacho es fantástica o de fantasía, esto es, que está compuesta por una sola palabra que no existe en principio como tal en el idioma español. “En gracia de discusión, si separáramos las expresiones que la forman o componen como autónomas, las marcas en conflicto siguen teniendo connotaciones totalmente diferentes”, aseguró la defensa legal de Rosapistacho.

En diálogo con AL, la abogada experta en temas marcarios y gerente general de Consulting Group Marado, Andrea Donato Castillo, también dio su punto de vista sobre el fallo de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

“Resulta considerable la decisión de la entidad puesto que a pesar de que las dos marcas comparten la raíz en cada una de sus expresiones, al compararlas en su conjunto, no existe identidad entre las mismas y se ajustan perfectamente al ubicarlas en el mercado, dado a que las mismas no inducirían al público consumidor a error de asociación empresarial”, indicó.

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