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Marcas

Red Bull impidió el registro de la marca Bullraft en la Superintendencia de Industria

El despacho destacó que los signos suenan parecido y ambos usan la figura del toro, por lo que protegió la notoriedad de Red Bull

21 de abril de 2021

Juan Francisco Campuzano Vélez


Packaged trays of Red Bull energy drink sit in a shopping aisle inside a Metro Cash & Carry store, the Russia unit of Metro AG, in Moscow, Russia, on Friday, Aug. 29, 2014. Metro Cash & Carry has warned that domestic food suppliers are trying to increase some food prices as local produce is substituted for EU, Norwegian and U.S. equivalents which have been sanctioned. Photographer: Andrey Rudakov/Bloomberg
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La marca austríaca de bebidas energizantes Red Bull se enfrentó en este pleito de marcas al registro de un centro deportivo.

A la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó la sociedad Bullraft para registrar una marca bajo este mismo nombre. La intención era para distinguir servicios comprendidos en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, que corresponde a actividades deportivas y de educación.

A ese registro se opuso Red Bull Gmbh, propietarios de la marca de bebidas energizantes, alegando que su notoriedad se vería diluida con la concesión de registro de la solicitud.

Esta no es la primera vez que Red Bull se opone a un registro en la SIC.

La compañía afirmó que la solicitud tiene una similitud conceptual con respecto a Red Bull, que es notoriamente conocida internacionalmente.
Red Bull dijo que, al tratarse de una solicitud para la clase 41, habrá una conexidad que solo aumenta la dilución de notoriedad, por tanto, son servicios complementarios a los que registra la marca de bebidas (clases 32 y 41).

Incursionaron en el análisis gráfico, identificando las similitudes que hay entre los signos: ambos usan un toro en colores que no son los naturales de un toro (azul en la solicitud, rojo en la oposición), y además, incorporan el nombre en inglés del animal.

Bullraft respondió a los argumentos de oposición y aseguraron que no desconocen la notoriedad de Red Bull, pero que la misma está acreditada únicamente para la clase 32, no para la 41.

Dijeron que la oposición hace énfasis en que presta servicios en la clase 41 para probar la conexidad competitiva, pero indicaron que ésta se basa en meros patrocinios derivados de publicidad, que corresponden a los actos ordinarios de divulgación y difusión de un signo en el mercado. Sumaron que ya hay registros en la clase 41 de marcas con la expresión ‘bull’.

LOS CONTRASTES

  • Luisa Fernanda PérezAbogada Asociada en Buriticá Abogados

    “Ante la similitud de los signos, lo razonable es proteger la marca notoria de cualquier dilución de su fuerza distintiva; riesgo que para Red Bull representaba la marca solicitada ‘Bullraft’”.

La SIC encontró que los signos, al ser pronunciados, suenan muy parecido. Bullraft de la solicitud y Red Bull de la oposición son confundibles sonora y gramaticalmente según el despacho. “Eso configura la reproducción parcial de la parte nominativa de las marcas opositoras”, reza la resolución.

Después de probar la conexidad competitiva de sus servicios, la SIC decidió negar el registro de Bullraft.

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