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  • Luz Karime Grajales Cardona

miércoles, 20 de noviembre de 2019

De acuerdo con la resolución, el reconocimiento de la marca opositora fue un factor en contra para conceder el registro de Evakos

La marca Ekos de la compañía Natura Cosméticos logró impedir el registro del signo de perfumería Evakos en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

De un lado, María Alejandra Navarro realizó la solicitud de registro de Evakos para identificar productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos y jabones no medicinales, entre otros. Sin embargo, Natura Cosméticos se opuso a la solicitud para defender el reconocimiento de su marca Ekos.

La empresa opositora aseguró que los productos identificados por la marca mixta Evakos eran idénticos y se encontraban estrechamente relacionados con los que identificaba la marca de su propiedad.

Además, Natura Cosméticos afirmó que los productos que identificaban a ambos signos compartían canales de comercialización y publicidad, se encontraban dirigidos a un mismo público consumidor y tenían usos conjuntos que pretendían las mismas finalidades.

Igualmente, la empresa aseguró que existía un riesgo de confusión para el consumidor entre las marcas y que las semejanzas entre los signos saltaban “a la vista” porque el signo solicitado reproducía los elementos distintivos de la expresión Ekos. De este modo, esta última estaría siendo imitada.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado Evakos presenta serias coincidencias visuales, gramaticales y fonéticas con la marca opositora Ekos, toda vez que comparten la primera y última sílaba de sus denominaciones”

Por su parte, con el objetivo de defender la solicitud de registro, Navarro afirmó que la expresión Evakos era válida de ser aceptada como marca porque la expresión estaba conformada por una figura de un turbante de tres puntas, por eso, hacía referencia a un nombre propio totalmente novedoso.

Además, negó la existencia de un sustento subjetivo para encontrar similitud entre Evakos y Ekos, debido a que la expresión solicitada era indivisible y, por lo tanto, podrían coexistir en un mismo mercado.

De esta forma, la Superintendencia determinó que la marca Evakos no podría ser registrada debido a que “cada elemento nominativo es preponderante entre sus conjuntos”, es decir, que no encontró otros factores en el análisis que permitiera la diferenciación de las marcas.

La SIC también dejó claro en su resolución que los signos eran similarmente confundibles. “Son ortográfica y fonéticamente similares, comoquiera que el signo solicitado Evakos reproduce la mayoría de vocales E/O y consonantes K/S de la familia de marcas de la opositora Ekos”, explicó la entidad.

Así las cosas, el organismo decidió que la única diferencia entre las marcas se encontraba en la sílaba ‘va’ y esa distinción no era suficiente para que el consumidor creyera que son signos diferentes.

“El público podrá creer que el nuevo signo Evakos es una nueva línea de productos de la familia de marcas Natura Ekos o que es la nueva imagen del signo Ekos generando riesgo de confusión y de asociación”, definió la Superindustria en la resolución.

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