¿Cómo es el funcionamiento del concurso mediante el cual se elige a los notarios?
El Consejo Superior de la Carrera Notarial es el órgano encargado de administrar los concursos
11 de septiembre de 2025
El presidente Gustavo Petro le ordenó a la Superintendencia de Notariado y Registro la suspensión del concurso para elegir nuevos notarios, por las irregularidades encontradas para cubrir unas 300 vacantes que el jefe de Estado denunció y por las observaciones que le hizo la Procuraduría General de la Nación al calendario propuesto.
El concurso de notarios ha tenido críticas por la violación al principio de transparencia y a las garantías constitucionales del debido proceso.
“El Presidente hizo una denuncia de que terceras personas estarían incurriendo en graves actos de corrupción ofreciendo dinero para conseguir un cupo en el concurso de notarios. El MinJusticia dio respuesta a esa denuncia poniendo en conocimiento de la fiscal general de la Nación los hechos mencionados. Ya tenemos una investigación penal en curso que debe adelantar y llevar hasta las últimas consecuencias la fiscal general”, explicó el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre.

La Procuraduría también pidió la suspensión porque el cronograma fijado para el concurso de notarios puede violar el debido proceso”, ya que los tiempos no permitirían que los aspirantes a notarios hicieran en el momento oportuno las reclamaciones frente a la calificación de la prueba de conocimientos, de la entrevista o lista de admitidos. Tampoco se garantizan los recursos, los tiempos necesarios y plazos para hacer reclamaciones oportunas.
¿Cómo se hacen los concursos?
Lo primero que tiene que saber es que el Consejo Superior de la Carrera Notarial es el órgano encargado de administrar los concursos para acceder o ascender en la carrera notarial. Esta corporación está conformada por el ministro de Justicia, los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, el procurador general de la Nación y dos notarios elegidos por votación por un periodo de dos años.
“No existe una norma que ordene hacer el concurso notarial en un periodo determinado. Por ello, la convocatoria depende de la existencia de un número amplio de notarías vacantes que justifique adelantar el concurso”, explicó Javier Alberto Cárdenas Guzmán, profesional Especializado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
Petro dijo que hay unas 300 vacantes disponibles para reemplazar notarios, por lo que es una tercera parte de todas las notarías que hay en Colombia. Actualmente, existen 920 puntos distribuidos en los 32 departamentos, de ahí la necesidad que se adelante un proceso de estos por primera vez en una década.
¿Cómo se eligen los notarios?
Un notario se elige por regla general por concurso de méritos, es decir, una convocatoria pública adelantada por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, en la que se invita a todas las personas interesadas en acceder a la carrera notarial.
“Ello garantiza que solo los mejores candidatos que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos y superen todas las etapas del concurso, tales como el análisis de mérito y antecedentes, la prueba de conocimientos y la entrevista, sean incluidos en una lista de elegibles, de la cual se nombrará a los notarios en estricto orden descendiente”, explicó Cárdenas Guzmán.
También está prevista la interinidad que hace referencia a los notarios designados directamente por el gobierno nacional y departamental cuando no hay lista de elegibles o la ausencia del notario titular supera los tres meses.
“Por último, están los notarios encargados, que son las personas designadas para garantizar el servicio por un lapso máximo de 90 días mientras se da la designación en interinidad o propiedad”, explicó.
Aquellas personas que aprueban el concurso y obtienen el puntaje suficiente son designados por el Presidente de la República en las notarías de primera categoría o por los gobernadores en las otras dos categorías. “Tenemos derecho a permanecer en la notaría hasta llegar a la edad de retiro forzoso con sujeción al régimen de carrera notarial”, explicó Héctor Adolfo Sintura, notario 3 de Bogotá.
Cuando hay lista de elegibles, los aspirantes en estricto orden descendiente determinan, según su preferencia, la notaría de la categoría a la que se inscribieron. Si no, “la designación de los notarios de primera categoría la hace el Presidente de la República; si se trata de una notaría de segunda o tercera categoría el nombramiento lo hace el gobernador del departamento”, agregó Cárdenas Guzmán.
¿Cuánto ganan los notarios?
Los notarios no tienen una asignación salarial fija porque no son servidores públicos, sino particulares que ejercen la función pública fedataria. “Su retribución proviene de la tarifa cobrada por los servicios prestados, tales como la autorización de escrituras públicas, los trámites de conciliación, los matrimonios civiles, entre otros”.
Los subsidios a notarías
Los círculos notariales corresponden al territorio de uno o más municipios del mismo departamento y las notarías se ubican en una de esas jurisdicciones que se defina como cabecera del círculo. En total hay 585 círculos compuestos de notarías únicas en el país.
No todas ellas tienen “ingresos suficientes”, por lo que el consejo asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado aprueba cada año la política de subsidios para las oficinas que no logran los recursos necesarios. En total, de las 920 notarías, 496 son subsidiadas.
“La prestación del servicio notarial no es autosostenible en todos los municipios del país; es decir, que el volumen de los asuntos que conocen los notarios no permite obtener la remuneración suficiente para atender los gastos de arrendamiento de local, servicios públicos, pago de trabajadores y los demás emolumentos. A través de un fondo especial conformado por recursos aportados por los mismos notarios, se les otorga a algunos de ellos un subsidio que puede variar en cada caso, para que garanticen el servicio a los habitantes”, explicó Cárdenas Guzmán.
Este año el subsidio subió 3,50%, pero son dos los criterios que se requieren para poder recibir esos recursos como una notaría de ingresos insuficientes.
El primero de ellos es que el límite promedio mensual por escrituración sea menor o igual a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que equivalen a unos $26 millones. El segundo es que la escrituración sea igual o inferior a 1.485 escrituras anuales, excluyendo las generadas por Vivienda de Interés Social, Vivienda de Interés Prioritario y Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores.
El subsidio depende de los ingresos de la notaría, el límite promedio mensual por escrituración debe ser menor o igual a 20 mínimos.
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