Por tutela de Efraín Cepeda, el Consejo de Estado tumbó el 'decretazo' del presidente
El alto tribunal suspendió los efectos jurídicos del decreto, en ejercicio de una medida cautelar de urgencia solicitada por el demandante
18 de junio de 2025
El Consejo de Estado suspendió el Decreto 0639 de 2025, con el cual el presidente Gustavo Petro convocó a la consulta popular. La sección quinta del alto tribunal admitió una demanda que interpuso el senador Efraín Cepeda, que buscaba la nulidad del documento, al tratarse de un acto de contenido electoral proferido por una autoridad del orden nacional que desarrolla un mecanismo de participación ciudadana.
"En efecto, la providencia señaló que la Sección Quinta es competente para adelantar el trámite del medio de control de nulidad, conforme lo dispuesto en el artículo 149.1 del CPACA y el artículo 13 del Acuerdo 80 de 2019 (modificado por el Acuerdo 434 de 2024 de la Sala Plena de esta corporación)", explicó.
El alto tribunal suspendió los efectos jurídicos del decreto, en ejercicio de una medida cautelar de urgencia solicitada por el demandante, porque que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución.
“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, dijo.
Sólo en el Consejo de Estado habían 10 acciones de nulidad simple, 34 por inconstitucionalidad y 97 acciones de tutela que ya fueron aceptadas.
En la Corte Constitucional reposan 11 demandas de inconstitucionalidad, mientras que a la Registraduría han llegado ocho solicitudes de excepción de inconstitucionalidad, una de aplicación directa de la Carta Magna y cinco derechos de petición que revisa la entidad.
“Debe manifestarse que la contradicción que permite aplicar la excepción de inconstitucionalidad debe resultar del simple cotejo del acto con la Constitución Política lo que tampoco se materializa, pues basta con acudir al contenido del decreto para concluir que se requiere de la valoración de situaciones fácticas y hasta probatorias para arribar a la demostración de los yerros que se pretenden configurar”, se lee en la providencia del Consejo de Estado.
El presidente Petro se refirió a la decisión del Consejo de Estado y dijo que esa alta corte no puede determinar inconstitucionalidad. “No necesito cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad, solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto que entregué a la Corte Constitucional”.
Enfrentamiento por consulta
Durante el martes 17 de junio, el registrador nacional, Hernán Penagos, le pidió concepto a la sala de consulta y servicio civil del Consejo de Estado, para que diga si el Gobierno cumplió los requisitos que exige la Constitución Política al momento de convocar una consulta popular.
Pero ese concepto solicitado por el registrador no es de carácter vinculante, por lo que el alto funcionario podía tomar decisiones con base a lo que el Consejo de Estado. Sin embargo, la decisión que tomó el alto tribunal fue con base a una de las 10 acciones de nulidad que recibió el despacho de la corte.
Sin embargo, el anuncio del registrador Penagos generó choques con el Ejecutivo. Petro dijo que quería acciones judiciales contra el funcionario, y dijo que incurrió en “sedición” contra el presidente.
“El registrador no tenía ningún derecho a decir lo que dijo. Está en una situación de sedición contra el presidente de la República y quiero las acciones jurídicas. Eso no se hace”, dijo Petro a su gabinete.
El ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, dijo que evalúan denunciar por prevaricato al registrador nacional, Hernán Penagos, por dejar en manos de las altas cortes la decisión sobre la consulta popular que convocó Petro.
“El registrador tiene una agenda política, no está actuando políticamente. Es un desafío a la institucionalidad colombiana, que tiene línea de un posible prevaricato, porque no puede negarse al decreto del presidente. Parece que entró a formar parte de la oposición”, mencionó Montealegre.
La Registraduría también remitió una copia de la solicitud a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a la Procuraduría General de la Nación y le hizo una solicitud a las altas cortes para que se pronuncien “ágil y oportunamente” de las diferentes demandas interpuestas en el proceso.
Efraín Cepeda, presidente del Senado de la República, también se pronunció al respecto y aseguró que “al someter el asunto a la decisión de la justicia, para que sea ésta quien determine su legitimidad, el registrador demostró su compromiso con el Estado de Derecho y la separación de poderes”.
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