Corte ordenó a alcaldía proteger a ciudadana que fue víctima de violencia de género
Esto, luego de que la afectada, tras sufrir violencia intrafamiliar, solicitó a una comisaría de familia protección para ella y sus hijos
28 de mayo de 2025
La Corte Constitucional resolvió una acción de tutela de una mujer víctima de violencia de género en la que la Alcaldía no quiso brindarle los recursos gubernamentales necesarios para garantizar la protección de su integridad y seguridad.
El caso dio lugar luego de que Helena, una madre cabeza de familia que sufría de violencia intra familiar, con el agravante de violencia de genero, recurrió a una comisaria de familia para solicitar protección. Aunque la entidad le dio el acceso a un subsidio monetario, como medida de atención para habitación, alimentación y asistencia médica, psicológica y psiquiátrica, que debía ser entregado por la Alcaldía, esta se negó a concederle dicho recurso y argumentó que "no le correspondía al municipio hacerlo".
Ante la falta de apoyo institucional, Helena interpuso una acción de tutela para exigir la garantía de su derecho a una vida libre de violencias y a la dignidad humana, y solicitó el cumplimiento inmediato de la medida de atención que le concedió la Comisaría de Familia.
Dentro del fallo, el alto tribunal señaló que "la efectividad de las medidas que buscan atender, de manera diligente y ágil en favor de las mujeres que son víctimas de violencias basadas en género, es crucial para que puedan salir de esos entornos violentos y restablecer sus derechos".
"Ninguna mujer debería verse obligada a iniciar un peregrinaje institucional para obtener las medidas de atención y protección a su favor", agregó.
Como consecuencia de esto, la Corte concluyó que la Alcaldía y la Gobernación vulneraron los derechos de Helena a una vida libre de violencias y a la dignidad humana, debido a que la negativa no solo agravó la situación de riesgo de la afectada, sino que también la forzó a ir a múltiples entidades en un intento fallido para obtener el subsidio.
Por esta razón, el alto tribunal ordenó a la Alcaldía entregar el subsidio solicitado para agilizar la gestión de los recursos solicitados, y a la Gobernación, llevar a cabo la implementación de mecanismos efectivos para garantizar estas medidas en su jurisdicción.
Por parte de la Defensoría del Pueblo, la Personería de Salvador y la Procuraduría Provincial de Instrucción del municipio, la Corte concluyó que dichas entidades también incumplieron su deber de seguimiento a las medidas de atención otorgadas a la ciudadana afectada, pues no se registraron acciones oportunas ante las solicitudes de Helena.
Por último, el alto tribunal también señaló que, debido a que la Comisaría de Familia también vulneró los derechos de la afectada, debido a que la entidad restableció las visitas del agresor con los hijos de esta y fijó como punto de recogida la nueva vivienda de la accionante, la Corte ordenó "revisar el régimen de visitas con un equipo interdisciplinario, modificar el auto que restableció las visitas entre el agresor y la menor de edad, y evaluar la posibilidad de otorgar nuevas medidas de protección para Helena", señaló en la sentencia.
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