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Actualidad

Hay 38 marcas nacionales que están blindadas en 86 países a través de convenios

07 de junio de 2014

Natalia Arteaga


Canal de noticias de Asuntos Legales

Aunque en la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, Ompi, hay 187 países adscritos y Colombia forma parte del grupo, hay que saber que los industriales nacionales solo podrán proteger su signo en 86 de ellos, ya que el Protocolo de Madrid que fue aprobado mediante la Ley N° 1455 de 2011, solo agrupa a este convenio.

A dos años de la entrada en vigencia del Protocolo en el país, 38 signos han salido a conquistar territorio internacional a través de este medio. Del total, 31 tienen el registro activo y siete se encuentran a la espera de aprobación.

De acuerdo con la publicación del registro internacional Romarir de la Ompi, los destinos más frecuentes donde los colombianos quieren proteger sus signos son China y Estados Unidos. En el país más poblado del mundo han ido a parar 19 de los 31 registros vigentes y en la primera potencia hay 12.

Según Jesús Méndez, abogado experto en propiedad intelectual, “muchos industriales colombianos mandan a fabricar sus productos con marca propia a China y de ahí la tendencia del registro hacía el país asiático”.

Méndez explica que una población de más de 1.354 millones de habitantes, de acuerdo con informes del Banco Mundial, también es un motor para que las compañías nacionales quieran empezar a conquistar ‘la plaza’ del estado soberano.

Para el caso de Estados Unidos, el experto señala que “ese siempre ha sido el destino más atractivo para los colombianos, por lo bien que se comercializan los productos nacionales allá”.

La marca Co Colombia y la Respuesta es Colombia, son las que más han solicitado registros simultáneos dentro del Protocolo y están en Antigua y Barbuda, Suiza, Comunidad Europea, Reino Unido, Israel, Japón, República de Corea, Rusia, Singapur, Turquía y Estados Unidos.

Alemania, Albania, Bélgica, Egipto, Francia, India, Irlanda, Islandia, San Marino, Serbia y Sierra Leona son otros de los destinos a los que los colombianos podrían llevar sus bienes intangibles y que todavía no lo han hecho.

Entre los que empezaron a conformar este ‘bloque’ de propiedad industrial, están España, Cuba, Finlandia y Hungría, con registros entre 1995 y 1997. Nueva Zelanda, Ruanda y Colombia, están al otro extremo, entre los novatos con menos de cuatro años haciendo uso del acuerdo.

Aunque los 38 signos que brillan en la entidad con sede en Suiza parecen pocos, el número va creciendo a ritmo prometedor y entre mayo y junio de 2014, se evidenció el ingreso de 13 nuevas marcas en el portal internacional, o sea, 34% de l total registrado en los últimos dos años.

¿A qué se debe la baja utilización que aún le dan al Protocolo los nacionales? Según Javier Delgadillo, abogado especialista en marcas y patentes, no es por desconocimiento del acuerdo, sino porque a los empresarios del país les gusta apalancar sus procesos en profesionales que conozcan la ley de cada uno de los países a donde desean llegar y por ello eligen el método tradicional, de registrarse directamente mediante abogados en cada lugar donde quieren ingresar su marca. “Aunque la Ompi se encarga de los procesos, las personas lo sienten muy lejos, como si no hubiese un doliente del plan de registro”.

En un sondeo hecho por LR, se estableció que la diligencia le podría costar a una persona entre US$1.500 y US$3.000 por registro internacional, si decide hacer la diligencia mediante un abogado particular y directamente en el país determinado.

Para aspirar a la protección internacional por medio del Protocolo de Madrid, el interesado deberá contar con un registro nacional ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, órgano receptor que se encargará de enviar los documentos correspondiente ante la Ompi.

Antes de hacer la solicitud, la persona deberá corroborar que el país al que le interesa llegar también haya firmado al acuerdo, y una vez haya considerado uno o más Estados (puede escoger el número de países que desee), deberá llenar los formatos para la respectiva solicitud en la delegatura de propiedad industrial en la página oficial de la SIC.

Según la resolución 6451 de 2013, el trámite inicial ante el órgano público nacional, cuesta $62.000. A parte de este valor, cada Nación le cobrará por aparte lo que valga la diligencia y se estaría ahorrando los honorarios facturados por una figura jurídica.

Dice Delgadillo que los colombianos no le están sacando el ‘jugo’ al Protocolo, cosa que sí están haciendo otros países del convenio que quieren llegar al país. Para corroborar la posición del experto, LR consultó las solicitudes de extensión territorial de la Gaceta 694 del 9 de mayo y había más de 20 solicitudes para registro en Colombia en menos de 20 días. Suiza es el país de donde más provienen los requerimientos.

El órgano que cuenta con más de 187 Estados, le da la oportunidad a los interesados de mover sus signos en el mundo reduciendo costos y optimizando tiempo.

Antecedentes
Si la solicitud de registro de marca internacional no cumple con los requisitos exigidos en el numeral 6.1.4 del capítulo sexto del título X de la circular única, la SIC expedirá un requerimiento de conformidad con el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo, indicándole al solicitante la información o documentación faltante, y advirtiéndole que la solicitud debe ser corregida o completada con la mayor celeridad posible.

Una vez que la Superintendencia haya enviado la solicitud ante la Organización Mundial de la Propiedad Industrial, esta se encargará de remitir la solicitud a los diferentes países señalados por el interesado.

Las Opiniones

Jesús Méndez
Abogado especialista en propiedad industrial

“Muchos industriales colombianos mandan a fabricar sus productos con marca propia a China y de ahí la tendencia del registro hacia el país asiático. El hecho de que sea un país tan poblado también despierta el interés de los empresarios nacionales”.

Javier Delgadillo
Abogado experto en marcas y patentes

“A los empresarios del país les gusta apalancar sus procesos en profesionales que conozcan la ley de cada uno de los países a donde desean llegar y por ello prefieren el método tradicional, de registrarse directamente mediante abogados y no acuden al Protocolo”.

Hernán Ruiz
Abogado de Hernán Ruiz Abogados

“La reducción de costos a la hora de proteger la marca en otras naciones y la optimización de tiempo en procesos son las dos cosas más atractivas para solicitar el registro marcario a través del Protocolo de Madrid. Hacerlo de manera independiente sale más costoso”.

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