Gracias a una nueva circular del Ministerio de Transporte, la normativa sobre las llantas de repuesto se modificó y en adelante quienes posean vehículos que cuenten con cierta tecnología que no requiera llantas de repuesto no serán multados ni deberán portarla.
Según indicó la circular “los vehículos que, por sus condiciones, características técnicas y tecnológicas, no posean llanta de repuesto podrán circular y no ser objeto de órdenes de comparendo”.
Según la Ley 762 de 2002, el equipo de carretera exigido por el Ministerio incluye un gato, una cruceta, dos señales de carretera, un botiquín, un extintor, dos tacos, una caja de herramientas y la llanta de repuesto.
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Pese a que la fecha hasta la que las aeronaves estarían en tierra pasó del 10 al 5 de diciembre, este hecho dejó más de 35.708 pasajeros afectados, de los cuales 83,68% fueron colombianos