JEP emitió su primera sentencia sobre falsos positivos contra 12 exmilitares del Caribe
Los sancionados, entre quienes se cuentan cinco oficiales, cuatro suboficiales y tres soldados profesionales retirados, fueron declarados máximos responsables de 135 asesinatos
18 de septiembre de 2025
La Jurisdicción Especial para la Paz , JEP, emitió su primera sentencia en el marco del Caso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate. En esta decisión histórica, 12 exintegrantes del Batallón de Artillería No. 2 “La Popa”, de Valledupar, fueron sancionados con penas restaurativas que oscilan entre cinco y ocho años.
Los sancionados, entre quienes se cuentan cinco oficiales, cuatro suboficiales y tres soldados profesionales retirados, fueron declarados máximos responsables de 135 asesinatos cometidos en el norte del Cesar y el sur de La Guajira entre 2002 y 2005. Según la JEP, estos crímenes respondieron a un patrón macrocriminal con lógica institucional y no a hechos aislados.
La sentencia establece que los responsables deberán participar en seis proyectos restaurativos diseñados con las víctimas y las comunidades indígenas y afrocolombianas afectadas. Estas iniciativas buscan tanto la reparación individual como colectiva, y apuntan a garantizar la no repetición de los hechos mediante acciones simbólicas y materiales.
Durante la audiencia pública de verificación, realizada en Valledupar en julio de 2025, la Sección de Reconocimiento de Verdad corroboró los compromisos de verdad, reparación y garantías de no repetición. La implementación de las sanciones será vigilada por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de la JEP, con el acompañamiento de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia.
En el fallo, la magistrada Ana Manuela Ochoa Arias afirmó que esta decisión fortalece la legitimidad democrática y ratifica que la paz se construye desde la verdad y la reparación. Por su parte, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli Arteaga, destacó que los crímenes evidencian la vulneración sistemática contra poblaciones campesinas, indígenas y afrodescendientes, estigmatizadas como colaboradoras de la guerrilla para justificar su asesinato.
La investigación documentó dos patrones principales; primero, la alianza entre militares y frentes del Bloque Norte de las AUC para ejecutar personas y presentarlas como bajas; y segundo, la captura y engaño de personas vulnerables por parte de miembros de “La Popa” con el mismo fin. En ambos casos, las víctimas eran posteriormente vestidas con uniformes militares y armadas para simular combates.
Entre las víctimas identificadas figuran 14 indígenas, 10 del Pueblo Kankuamo y cuatro del Pueblo Wiwa, y seis afrodescendientes. Una de ellas era una menor de edad y otra, madre cabeza de familia. La JEP concluyó que estos crímenes configuraron delitos de lesa humanidad y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Los proyectos restaurativos incluyen la construcción de un mausoleo de la memoria con 700 osarios en Valledupar, centros culturales y de armonización para los pueblos Kankuamo y Wiwa, casas multipropósito y programas productivos en comunidades rurales y urbanas. También se contempla la Casa Cultural Nelson Enrique Romo Romero, dedicada a la memoria y reparación simbólica.
El proceso judicial comenzó en 2018 con la apertura del subcaso Costa Caribe y acumuló más de 500 mil folios de pruebas. Doce de los quince militares imputados reconocieron responsabilidad, lo que les permitió acceder a sanciones restaurativas. Los tres restantes, incluidos dos excomandantes del batallón, enfrentan juicios adversariales y podrían recibir hasta 20 años de prisión.
La sentencia también incorporó los delitos de persecución y tortura, reconocidos por algunos de los comparecientes. A lo largo del proceso se realizaron audiencias públicas, diálogos comunitarios y prácticas restaurativas que involucraron a 252 víctimas acreditadas, así como a autoridades locales y nacionales.
La JEP subrayó que el cumplimiento de estas sanciones implica restricciones a la libertad de movimiento, residencia y actividades laborales de los sancionados. El monitoreo se realizará tanto con visitas presenciales como mediante dispositivos electrónicos que permitan la georreferenciación, garantizando seguridad jurídica y evitando la impunidad.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp


