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Judicial

JEP imputó a 27 integrantes y tres generales retirados del Ejército por falsos positivos

La Sala de Reconocimiento de Verdad estableció que participaron en un plan criminal para presentar falsas bajas en combates simulados

20 de noviembre de 2025

Sara Ibañez Pita


JEP
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La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, emitió una nueva sentencia en el marco del caso de los 'falsos positivos'. La Sala de Reconocimiento de Verdad imputó a 30 militares con delitos de crímenes de guerra y lesa humanidad, entre los cuales tres fueron son generales retirados, por su participación en la ejecución de un plan criminal para presentar homicidios perpetrados en combates simulados como resultados operaciones legítimos.

La JEP explicó que los hechos que dan lugar a esta imputación de cargos ocurrieron en el departamento de Meta, entre 2002 y 2007, periodo en el que, según el Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Subcaso Meta del Caso 03 que investiga estos crímenes, se les atribuyen 209 asesinatos presentados como bajas en combate, de los cuales 65 se ejecutaron después de haberlos desaparecido forzadamente.

"Los implicados eran integrantes del Batallón de Infantería No. 21 Pantano de Vargas, Bivar, del Gaula Rural Meta, Gamet, y de la Séptima Brigada, VII Brigada", detalló el tribunal.

Los tres antiguos comandantes de la VII Brigada implicados en el caso son Carlos Ovidio Saavedra Sáenz, bridgadier general; Carlos Eduardo Ávila Beltrán, mayor general; y Francisco José Ardila Uribe, brigadier general, a quienes se les imputó como máximos responsables a título de autores por omisión impropia, por los crímenes de desaparición forzada como crimen de lesa humanidad, en concurso con el crimen de guerra de homicidio en persona protegida y con el crimen de asesinato como crimen de lesa humanidad.

La Sala de Reconocimiento de Verdad indicó que los tres incumplieron su deber de proteger los bienes jurídicos de la población y ejercer control sobre sus subordinados. "Aunque contaban con medidas razonables a su alcance para hacerlo, omitieron sus deberes constitucionales y funcionales. Desde sus posiciones de poder y mando, actuaron con laxitud y permisividad, sin ejercer el control necesario para prevenir, investigar y sancionar las muertes que se estaban presentando", añadió.

La JEP también explicó que los generales transmitieron la idea de que, desde la brigada, se toleraban las operaciones irregulares para perpetrar homicidios en combates simulados y, además de eso, promovieron incentivos para que fueran ejecutados. De igual forma, faltaron a sus funciones de control e impusieron a las muertes en combate como único indicador de éxito militar, lo que conllevó a reforzar un entorno de impunidad entre los responsables y facilitó la comisión de estos crímenes.

"En el caso de los otros 27 comparecientes que integraban el Batallón de Infantería No. 21 Pantano de Vargas y el Gaula Rural Meta, la sala determinó que son coautores de los crímenes que se les imputan, al haber actuado bajo un acuerdo común que implicó una división del trabajo criminal", detalló la Sala.

En la investigación, la JEP también estudio hechos asociados al Batallón de Contraguerrillas No. 7 y el Comando Aéreo de Combate No. 2 de la Fuerza Aérea Colombiana, FAC. En el caso del primero, concluyó que hubo casos de asesinato y desapariciones; sin embargo, a la fecha no existen pruebas consignadas en el expediente suficientes para concluir que existió un patrón macrocriminal en dicho comando.

En lo que respecta a la FAC, la Sala comprobó que varios de sus integrantes participaron en operaciones de apoyo aéreo en las que murieron personas presentadas falsamente como bajas en combate. "Sin embargo, hasta la fecha, no se encontraron evidencias de que tuvieran conocimiento o participación dolosa en la comisión de tales crímenes. En ese sentido, la Sala considera plausible que los miembros de la FAC hayan podido ser manipulados por los integrantes del Bivar, con el fin de dar un ropaje de legalidad a sus actuaciones criminales".

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