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  • Juliana Ramírez Prado

miércoles, 15 de julio de 2015

Por ejemplo, se comenzó a diseñar el proceso para la elección del representante de los jueces y magistrados de Tribunales, y el de los empleados judiciales, que harán parte del nuevo Consejo de Gobierno Judicial, ente que entrará en reemplazo de la Sala Administrativa del CSJ.

Para después de agosto quedará pendiente, la elección de los tres expertos en administración pública y del gerente de la Rama. Adicional, el gobierno está trabajando en la ley estatutaria que instrumentalice dicha reforma.

Cabe recordar que entre los puntos más relevantes del acto legislativo se encuentra la eliminación de la reelección presidencial y de altos funcionarios públicos, aumento de requisitos para ser magistrado en las Altas Cortes, cambios en el juzgamiento al Vicepresidente de la República.

También incluye la ampliación de causal de silla vacía por corrupción, eliminación de la puerta giratoria y ‘yo te elijo, tú me eliges’ y la supresión del  Consejo Superior de la Judicatura.

Precisamente la demanda de Maya contra los artículos 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del acto legislativo que eliminó el Consejo Superior de la Judicatura, en sus salas administrativa y disciplinaria, viene con una petición de medida cautelar con el fin de que se suspendan de manera provisional la entrada en vigencia de dichos artículos hasta que se estudie de fondo la acción.

Entre los principales argumentos del demandante están que esa norma concentró todo el poder en el Ejecutivo,  no permite el conocimiento de tutelas por la Comisión Nacional de Disciplina, además de que pone en vigencia una ley estatutaria, para la entrada en vigencia del Consejo de Gobierno, sin el control político del Congreso y la revisión de la Corte Constitucional.

Sin embargo, el exmagistrado de la Corte Constitucional Nilson Pinilla, aseguró que esta acción ciudadana no afecta la implementación de la ley, hasta que la Corte no se pronuncie diciendo si es exequible o inexequible.

Lo mismo expresó Luis Freddyur Tovar, abogado constitucionalista y docente de la Universidad Javeriana Cali, quien dijo que “la demanda de inconstitucionalidad no suspende la eficacia de la norma demandada, salvo que el vicio sea tan ‘grosero’ que logre suspender la norma, pero es poco común que ello suceda”.

Las opiniones

Nilson Pinilla
Exmagistrado de la Corte Constitucional

“Esta acción ciudadana interpuesta ante la Corte Constitucional no afecta la implementación de la ley de Equilibrio de Poderes, hasta que la Corte no se pronuncie diciendo si es exequible o inexequible”.

Luis Freddyur Tovar
Abogado constitucionalista

“La demanda de inconstitucionalidad no suspende la eficacia de la norma demandada, salvo que el vicio sea tan ‘grosero’ que logre suspender la norma, pero es poco común que ello suceda”.

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