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Actualidad

Quala se opuso ante la SIC al registro de signo tridimensional

16 de julio de 2016

Juliana Ramírez Prado


Canal de noticias de Asuntos Legales

Con base en su marca Vive 100%, la multinacional presentó argumentos para desvirtuar la solicitud de registro por supuesta similitud y confundibilidad.

“El signo solicitado a registro, reproduce la marca tridimensional de propiedad de Quala Inc., ya que esta es la forma particular del producto que se distingue en el mercado”, indicaba la defensa de Quala Inc liderada por Nicolle Andrea Rojas.

Así las cosas, Rojas expresó que los signos son similares y que la coincidencia particular en la forma del producto registrado con Quala con el signo ahora requerido, generará inevitablemente riesgo de confusión en los consumidores.

Alzate Gómez no dio respuesta a la oposición presentada. Sin embargo, la Delegatura de Signos Distintivos precedió a realizar la evaluación irregistrabilidad.

Lo primero que se analizó fue que el signo solicitado corresponde a una marca tridimensional correspondiente a una botella con tapa cónica que va aumentando su ancho al llega al cuerpo, agostándose en la mitad para ensancharse nuevamente hacia el final de la botella llegando a su base en forma cilíndrica.

Respecto al registro previo de Quala que identifica la expresión denominativa Vive 100% y hace referencia a la idea de vivir al máximo, se determinó era prácticamente igual.

“Esta Dirección observa que los extremos en comparación comparten conexión competitiva al tratarse de signos que identifican bienes de la misma naturaleza: bebidas refrescantes”, determinó otro de los análisis de la dependencia.

Siendo así, se evidenció la carencia de elementos para distinguir una marca de la otra, por lo que la Superindustria decidió negar el requerimiento de Juan Fernando Alzate Gómez  y declarar fundada la oposición presentada por Quala Inc.

Guillermo Cáez, socio de Cáez, Gómez & Alcalde, manifestó: “estoy de acuerdo con la decisión de la Superindustria, puesto que existen elementos comunes en ambos signos distintivos, que llevaría a la confusión del consumidor, siendo aún más grave en este caso puesto comparten de alguna manera mercado. Por esto, la SIC debe negar el registro en protección de la marca que tiene actualmente Quala”.

Cabe precisar que aún quedan instancias que se pueden tramitar y el solicitante podrá apelar esta vez la decisión ante la Delegatura de Propiedad Industrial. En caso de no prosperar podría dirigirse al Consejo de Estado. 

Finalmente, Cáez considera que la impugnación de esa resolución no tiene vocación a prosperar.

Antecedentes
​A final del año pasado, la SIC protegió las marcas Vive y Vive 100%, de la sociedad Quala INC., y negó el registro de la marca Viva Aloe, solicitada por Carlos Alberto Salazar para identificar bebidas energizantes, bebidas no alcohólicas y otras preparaciones para hacer bebidas energizantes sin alcohol, productos de la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza. El análisis determinó que el signo solicitado coincidía con las marcas registradas en la presencia de la expresión “Vive” al inicio de su frase constitutiva.

La opinión

Guillermo Cáez
Socio de Cáez, Gómez & Alcalde

“Estoy de acuerdo con la decisión de la Superindustria, puesto que existen elementos comunes en ambos signos distintivos, que llevaría posteriormente a la confusión del consumidor”.

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