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Judicial

¿Qué alternativas le quedan al Pacto Histórico si no decide realizar la consulta interna?

El Tribunal Superior de Bogotá tumbó la tutela que permitía consulta

08 de octubre de 2025

Sara Ibañez Pita


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

La consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre estaba en firme, hasta que el Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la tutela que, por medio de una medida cautelar, le ordenaba a la Registraduría inscribir la consulta interna entre Iván Cepeda, Carolina Corcho y Daniel Quintero. La decisión generó, como era de esperarse, reacciones de los precandidatos, el presidente Gustavo Petro y la oposición.

Mientras algunos calificaron la decisión del alto tribunal como un intento de la derecha por frenar la participación del Pacto Histórico en las elecciones presidenciales, otros, especialmente desde el Centro Democrático, aseguraron que desde antes se sabía que la consulta era improcedente.

¿Habría consulta o no?

Algunos juristas aseguran que la decisión no genera afectaciones graves a la consulta legislativa, pues esta se llevó a cabo de forma interpartidista, sabiendo que las personerías jurídicas de la fusión no estaban vigentes. Así, cada colectivo inscribió a sus candidatos con avales propios y no por medio de la personería del Pacto Histórico como partido único.

La única duda se relacionaría con Progresistas, la fracción de Mais, que hasta ahora no cuenta con personería jurídica, y que había sido solicitada por María José Pizarro.

El problema recae sobre las consultas para Presidencia, pues, con la decisión, se cae la colectividad que avaló como candidatos a Cepeda, Corcho y Quintero. Frente a ese panorama, algunos expertos aseguran que, si bien, no podría hacerse de forma interna, sí la podrían realizar de manera interpartidista con los partidos originales.

Por el contrario, Fabio Humar, socio director de Fabio Humar Abogados, aseguró que la decisión del alto tribunal es “susceptible del recurso de revisión por parte de la Corte Constitucional, la cual podría solicitar el mismo Pacto Histórico o, eventualmente, la Defensoría del Pueblo, para que defina la viabilidad de esa consulta”.

LOS CONTRASTES

  • Fabio HumarSocio director de Fabio Humar Abogados

    “La decisión del alto tribunal es susceptible del recurso de revisión por parte de la Corte Constitucional, la cual podría solicitar el mismo Pacto Histórico o la Defensoría del Pueblo”.

También explicó que esta sería la única acción a la que podrían acudir, puesto que los eventos en que se llama a la ciudadanía para que voten requieren de autorizaciones legales, particularmente para que la Registraduría pueda hacer los tarjetones y contarlos.

Sobre la posibilidad para obtener la revisión de la Corte antes del 26 de octubre, Humar explicó que no existe, debido a que primero tendrían que apelar la decisión ante la Corte Suprema de Justicia, la cual tiene 20 días para revocar o mantener la decisión y, dependiendo de su fallo, sí procedería la revisión por parte de la Corte Constitucional.

¿Qué hará la Registraduría?

Si bien el registrador Penagos no ha dicho nada públicamente, el precandidato Quintero aseguró que el funcionario sí dejó en firme la realización de las consultas el 26 de octubre; sin embargo, su posibilidad de acción frente a la decisión del Tribunal Superior de Bogotá puede ser nula.

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