¿Qué pasa si cambié de régimen antes de que la Corte devolviera la pensional a Cámara?
La decisión de la Corte no afecta la selección de Accai de las personas que ganan más de 2,3 salarios mínimos y que no hacía parte del régimen de transición
18 de junio de 2025
El Gobierno celebró la decisión de la Corte Constitucional de devolver a la Cámara de Representantes la Ley 2381 de 2024, que establece el nuevo sistema pensional de los colombianos. Aunque se tenía previsto que este régimen iniciara desde el 1 de julio de este año, el alto tribunal suspendió a partir de la fecha todo el articulado, a excepción del parágrafo transitorio del artículo 12 y del 76.
¿Qué dicen estos artículos? El primero de ellos se refiere a la selección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual, Accai. Las personas que estaban afiliadas a Colpensiones y que no les cobija el régimen de transición, con un salario por encima de 2,3 salarios mínimos, debían escoger una. En caso de no hacerlo, se les asignaría una de manera aleatoria.
Estos criterios le aplicaban a más de 447.512 personas, pero alrededor de 330.000 no seleccionaron la Accai, en un periodo que iba hasta el 16 de enero de este año. Después de esa fecha se le asignaría de manera aleatoria a quienes no tomaron una decisión.
En otras palabras, la decisión de la Corte no afecta la selección de Accai de las personas que ganan más de 2,3 salarios mínimos y que no hacía parte del régimen de transición, ni suspende la asignación aleatoria que hizo el Estado para las personas que no definieron a alguna de las administradoras.
El otro artículo que no toca la decisión de la corte es el 76, que corresponde a la oportunidad de traslado. Este disponía que las personas que tengan 750 semanas cotizadas (mujeres) y 900 semanas cotizada (hombres) y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán dos años para trasladarse de régimen respecto al sistema anterior.
Esta providencia de la Corte Constitucional será efectiva hasta el día hábil siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad del nuevo sistema pensional.
Es importante comprender que la Cámara de Representantes tendrá 30 días para definir si vota nuevamente la proposición que acogió el texto que venía aprobado de Senado, por lo que la ventana a que existan modificaciones está abierta.
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