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  • Nathalia García

martes, 18 de junio de 2013

Desde mañana las personas del mismo sexo que deseen formalizar su vínculo en una notaría, tendrán la posibilidad de solicitar una nueva figura: el Contrato de Unión Solemne que busca cubriri el déficit de protección que les otorga las uniones ya existentes a las parejas homosexuales.

La Corte Constitucional fue la responsable de crear el nuevo vínculo a través de la Sentencia 577 de 2011 donde “estima factible predicar que las parejas homosexuales también tienen derecho a decidir si constituyen la familia de acuerdo con un régimen que les ofrezca mayor protección que la que pudiera brindarles una unión de hecho y a fin de garantizar el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

Este fallo y su cumplimineto que empezará a partir del 20 de junio al medio día en las 877 notarias del país, se ha dado en medio de la controversia generada entre distintos sectores respecto al reconocimiento igualitario de las uniones de personas del mismo sexo.

Por su parte, el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, apoyó a la bancada anti-matrimonio gay en el Congreso, liderada por los senadores Edgar Espíndola Niño del partido PIN y Claudia Wilches Sarmiento de la U.

El argumento legal del Procurador para defender su posición en contra de este tipo de uniones, siempre ha sido el Artículo 42 de Constitución en donde se define la familia está constituida “por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

Otro gran opositor al matrimonio igualitario ha sido el senador Roberto Gerlein, conocido como el “patriarca” del Partido Conservador, quien ha afirmado que el hecho que en otros lugares se haya aprobado como Argentina y Estados Unidos, no significa que acá en Colombia también se tenga que seguir dicha tendencia porque “la tradición nuestra es heterosexual”.

Mientras que personajes de la vida pública como el exprocurador Edgardo Maya Villazón y el fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre han analizado y dado su opinión desde un punto de vista jurídico sobre el nuevo contrato y la sentencia que la dio vida.

De acuerdo al primero, quien además es experto en Derecho Disciplinario, “los notarios y jueces no incurrirán en ninguna falta disciplinaria si interpretan como Matrimonio los contratos solemnes entre parejas del mismo sexo”; es decir, que sí habría matrimonio igualitario en Colombia a partir de mañana.

Y según Montealegre, ante una falta de Ley expedida por el Congreso, los notarios podrán decidir si unen o no bajo la figura de matrimonio a la pareja solicitante.

Sin embargo, para el director de la Unión Colegiada de Notariado, Álvaro Rojas, los lineamientos de la Corte son tajantes e insiste en que el servicio que prestarán los notarios se limitará al acto de formalización y solemnización del vícnulo contractual, como aparece en las minutas de cuatro hojas para hombres y mujeres que podrán solicitarse por $45.320 más IVA en cualquiera de las 857 notarias del país. Aunque la Sentencia de la Corte es enfática en aducir que los notarios no se pueden negar a realizar las uniones bajo la nueva figura, el monseñor Rubén Salazar Gómez, presidente de la Conferencia Episcopal Colombiana aduce que estos funcionarios no son simples tramitadores y que ninguna entidad del estado puede obligarlos a actuar en contra de de su conciencia y de la Constitución.

El Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, dijo que su entidad que es justamente la encargada de recibir e investigar las quejas de los usuarios, “garantizará la autonomía de los notarios, pero respecto a la interpretación de lo fallado por la Corte”.

Efectos del nuevo contrato
En medio de la polémica, lo único claro es que la jurisprudencia que rodea la nueva figura de unión tiene muchos vacíos.

Para Marcela González, directora de Colombia Diversa, “el contrato solemne es un retroceso no solo desde el punto de vista jurídico, sino también de la dignidad de las personas homosexuales”.

A diferencia de la unión de hecho o unión libre, se “desprotege a la nueva familia” en el sentido que ni el fallo de la Corte ni en el documento de las notarías se especifica a qué derechos y deberes se comprometen los firmantes.

Según González, ni siquiera cambia el estado civil de las personas que lo firman como sí ocurre con un contrato de matrimonio. Además, no se sabe cómo se hace para disolver ese contrato, si es por mutuo acuerdo o por litigio que son las formas empleadas para terminar uniones de hecho.

Respecto a esto, el notario 38 y Vicepresidente del Colegio de Notarios, Eduardo Durán, dijo que “tiene efectos similares al contrato de unión libre, pero que la categoría de solemne implica un rango especial que puede ser utilizado para invocar derechos desprotejidos como por ejemplo, en salud, en pensión o en cuanto al regimen hereditario”.

El 24 de abril de este año, cuando el Congreso archivó el Proyecto de Ley que buscaba reconocer el matrimonio civil a las parejas del mismo sexo en Colombia, el senador Armando Benedetti, ponente principal, declaró que la la unión solemne era una manera de seguir discriminando a las personas homosexuales porque es una figura exclusivamente para ellos cuando debería aprobrase el matrimonio que tabién es para heterosexuales.

Aún con las dudas sobre los efectos e implicaciones jurídicas del nuevo contrato, la Sentencia de la Corte entrará en funcionamiento, dado que el Congreso no logró legislar sobre el asunto, pues perdió su lucha en el segundo debate con 51 votos en contra.

No obstante, la misma Corte en su texto aclaró que “la decisión acerca de la opción que está llamada a garantizar la existencia de la posibilidad de optar en el caso de las parejas homosexuales decididas a conformar familia y su desarrollo concreto no le atañe a la Corte Constitucional, sino al Congreso de la República, entre otras razones, porque la familia es la institución básica y núcleo fundamental de la sociedad y su trascendencia social impone su protección mediante medidas que el órgano representativo está llamado a adoptar”

De ahí que, a futuro, será el Congreso quien tenga que volver a pronunciarse sobre el matrimonio igualitario, que es lo que buscan las organizaciones que representan a los LGBT como Colombia Diversa.

Solo resta esperar a que comience el proceso para poder tomar medidas.

Jorge Enrique Vélez
Superintendente de notariado y registro

Respecto a la sentencia, el Gobierno no va a sentar ninguna posición. Por nuestra parte, no vamos a enviar ninguna circular a los notarios porque vamos a garantizar su autonomía en la interpretación del fallo de la Corte que empieza a regir a partir de mañana y frente al cual las notarias se encuentran listas para prestar el servicio.

Marcela González
Directora colombia diversa

Consideramos que la nueva figura que entra a operar en las notarías es discriminatoria y riesgosa porque rige solamente para personas del mismo sexo y tiene muchos vacíos jurídicos al no determinar los derechos y obligaciones que adquieren quienes firman el contrato. La figura de unión debió venir de una Ley del Congreso y no de un fallo de la Corte.

Álvaro Rojas
Director de la unión colegiada de notariado

Los notarios se limitarán a seguir los lineamientos de la Corte que fue tajante en la medida que determinó que las uniones no pueden denominarse ni realizarse usando la palabra matrimonio sino bajo el concepto de contrato de unión solemne. No podrán aducir la objeción de conciencia al prestar el servicio, pero si deben velar por el control de legalidad.

Rubén Salazar Gómez
Presidente de la Conferencia Episcopal Colombiana

Lo notarios y los jueces no deben ser simples tramitadores de las decisiones de las personas, sino que son actores que solemnizan la situación jurídica que ante ellos se presenta y por tanto están en todo su derecho de oponerse a actuar cuando consideren que con su acción están legitimando un acto contrario a su conciencia y a la Constitución.

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