Tribunal negó la nulidad electoral de Nelson Hernán Parra como alcalde de Mosquera
La sección primera del tribunal aseguró que no existían elementos probatorios para acusar a Mosquera de incurrir en doble militancia
24 de junio de 2025
La Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones sobre la nulidad electoral contra Nelson Hernán Parra Laguna, alcalde de Mosquera por, presuntamente, incurrir en doble militancia.
El tribunal expuso que, aunque se demostró la existencia de un acuerdo de adhesión entre el partido Nuevo Liberalismo, el cual fue avalado por la candidatura del señor Parra Laguna, y el movimiento Gente en Movimiento, no se pudo probar que dicha adhesión se desbordó o que se incurrió en actos concretos de apoyo político que configuraran la causal de doble militancia alegada por los demandantes.
Tras el análisis correspondiente, la sección primera concluyó que, no se pudo configurar la causal de nulidad señalada por los demandantes, pues no se acreditó en la demanda la presencia de elementos con los que Parra Laguna pudiera exceder el marco del acuerdo político.
El alto tribunal declaró que dentro de la demanda "la prosperidad de la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva respecto del Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil".
También negó la excepción de inepta demanda propuesta por el demandado, y las pretensiones de la demanda, y cuarto, ordenó que, una vez ejecutada la providencia, se archivará el expediente del caso.
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