La semana pasada, finalmente, y luego de las pataletas presidenciales, se aprobó la reforma laboral. Con muy poco tiempo de estudio, pude identificar dos artículos que modifican la situación actual de contratación de futbolistas profesionales y que deberá tenerse en cuenta a la hora de enganchar nuevos jugadores.
Indica el artículo seis que los contratos a término fijo pueden durar 4 años, asunto nuevo frente al máximo de tres años que se aplicaba antes. Es interesante para los clubes con jugadores jóvenes este plazo, sin embargo, una interpretación restrictiva indica que ningún contrato de esta modalidad puede durar más de cuatro años, por lo tanto, si se firma un contrato de esta duración, no operaría la prórroga automática y a los cuatro años se termina definitivamente pues sabemos que en el fútbol no se puede firmar por término indefinido. La trampa de varios clubes de firmar contratos sucesivos el mismo día me parece que se acaba.
Me parece adecuado el tiempo, tal vez tres años no era suficiente sobre todo para buenos futbolistas que se podían promocionar para transferir, sin embargo, después de estos cuatro años no existe prórroga automática y el club, salvo que firme un contrato nuevo, pierde el jugador. Esto implica una gestión del recurso humano profesional, que conecte el área deportiva, con recursos humanos y la gerencia del club. El tiempo será el que resuelva varias dudas sobre este aspecto.
Por otra parte, la ley, en el artículo 39 crea un “contrato de trabajo especial” para deportistas profesionales. El numeral tres de este artículo indica: “cláusulas de terminación de mutuo acuerdo, no podrán menoscabar los derechos de las y los deportistas profesionales y el cuerpo técnico, ni establecer pago de indemnizaciones o sanciones que impidan el libre ejercicio de la actividad de los deportistas.” Esta norma resuelve la controversia sobre la legalidad de las cláusulas de recisión y las prohíbe. Nuevamente es un llamado a los clubes a mejorar la planeación que tiene frente a sus jugadores, recurso escaso, costoso y difícil de manejar. Sin cláusulas de recisión el desarrollo del contrato se hace mucho más complejo para los clubes empleadores.
Seguramente saldrán más asuntos que modifiquen la contratación del futbolista profesional, estas dos son un llamado de atención para los clubes que deben ser cuidadosos en la gestión de los jugadores. Una cláusula de recisión, me parece, que le permitiría al jugador dar por terminado el contrato de trabajo con justa causa y quedar libre. Igualmente firmar un contrato a cuatro años implica una relación larga con el costo y el desgaste que esto implica, más la imposibilidad de renovar.
En vez de pedir pendejadas como reuniones con los jugadores de la selección o boletas para partidos es una invitación al novísimo sindicato a informar y preparar a los jugadores sindicalizados en asuntos importantes para sus carreras. El contrato de cuatro años también trae riesgos importantes para el futbolista que tendría que aguantar cuatro años con salarios inamovibles. Los jugadores deberían entender a qué se exponen al firmar sin leer y el sindicato debería hacer reuniones de información o alguna especie de cartilla que les permita a los jugadores sindicalizados saber qué pasa cuando firman contratos sin leer o cuando de manera ingenua dejan la labor de negociar el contrato a agentes que muchas veces no tienen conocimiento o intención de mejorar las condiciones de sus clientes sino de recibir dinero.
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