03 de diciembre de 2025
Suscribirse


03 de diciembre de 2025
Suscribirse
OPINIÓN

Consideraciones relevantes para la protección internacional de marcas

17 de septiembre de 2025

Cristián Julián Cortés Ascencio

Coordinador – Propiedad Intelectual en Muñoz Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Durante 2025 presenciamos un caso emblemático que deja muchos aprendizajes en materia de Propiedad Intelectual. Sin alusión expresa, la mayoría de los lectores tendrán nociones sobre el episodio que encendió las alarmas del empresariado colombiano y evidenció la necesidad de blindar su identidad en el extranjero. Es un caso inaudito para muchos, pero existen precedentes que permiten avizorar el éxito de esta reconocida marca, así como la prevalencia de su lema comercial en el territorio europeo.

La marca, como activo intangible esencial, requiere protección y vigilancia internacional bajo una estrategia planificada y consistente. La internacionalización de los negocios, la facilidad de replicar modelos empresariales y la creciente interconexión digital hacen que blindar las marcas en mercados relevantes sea una necesidad jurídica y comercial. Veamos algunas consideraciones que son esenciales para tal efecto:

1. Interés real o potencial: Antes de registrar, se debe analizar si existe un interés comercial actual o potencial en un mercado determinado: planes de expansión, exportaciones, licencias, distribución, franquicias o incluso el riesgo de que un tercero se aproveche de la reputación adquirida.

2. Búsqueda de antecedentes: Es fundamental realizar una búsqueda previa exhaustiva en cada jurisdicción. Esto permite anticipar obstáculos y diseñar estrategias: acciones de cancelación por no uso, demandas de nulidad por mala fe o, en algunos casos, la adquisición de marcas preexistentes. Una búsqueda precisa ahorra litigios y propicia la viabilidad del registro.

3. Estrategias diferenciadas: Cada país tiene reglas propias. Algunos permiten solicitudes multiclase (más económico y práctico), mientras que otros obligan a tramitar clase por clase. La planeación debe apuntar a construir un portafolio coherente, con coberturas suficientes, pero evitando registros innecesarios.

4. La trascendencia del uso: La mayoría de las legislaciones contemplan la posibilidad de cancelación de marcas no usadas después de un periodo de tiempo (usualmente 3 a 5 años). La protección internacional exige uso efectivo o, al menos, planes de explotación reales.

5. Planeación presupuestal: El registro internacional implica una inversión relevante. Es indispensable fijar prioridades, elegir las clases adecuadas, proyectar renovaciones (generalmente cada diez años) y prever gastos de vigilancia y defensa. Una planeación financiera acertada asegura un portafolio sostenible.

6. Países de maquila o fabricación: Un error común es no registrar en los países donde se fabrican los productos. Esto abre la puerta para que fabricantes o terceros locales se apropien del signo y afecten la cadena de suministro. El lugar de producción también es clave.

7. Asesoría especializada y redes locales: Estos procesos no admiten improvisación. Es necesario contar con firmas especializadas en administración de portafolios globales y con aliados confiables para responder a oposiciones, negociaciones o requerimientos en cada jurisdicción.

8. La pertinencia del Protocolo de Madrid: El Sistema de Madrid permite solicitar protección en múltiples países mediante una sola solicitud, con costos reducidos y centralización administrativa. Sin embargo, su efectividad depende de comprender sus particularidades: no todos los países son miembros, y durante los primeros cinco años los registros internacionales dependen de la marca base en el país de origen. Una mala estrategia puede poner en riesgo todo el portafolio.

9. Vigilancia y defensa: Registrar la marca es apenas el primer paso. La verdadera protección requiere sistemas de vigilancia que permitan detectar solicitudes similares infracciones, con capacidad de reacción inmediata.

10. Aprovechar sistemas regionales: Más allá de los registros nacionales, algunos sistemas permiten registrar las marcas con una cobertura en varias jurisdicciones: Benelux (Bélgica, Luxemburgo y Países Bajos), EUIPO (Unión Europea) u OAPI (17 países de África Occidental y Central). Dependiendo de la estrategia, estos mecanismos pueden ser más rentables y efectivos.

Este caso dejó una enseñanza contundente: en un mundo globalizado, donde las marcas son el activo más valioso de las empresas, la protección internacional no es un lujo ni una moda, sino una decisión estratégica que combina visión empresarial y rigor jurídico. Blindar la marca en mercados clave garantiza seguridad jurídica, competitividad y reputación a largo plazo.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA