La debida diligencia en propiedad intelectual (IP Due Diligence) es un componente esencial de los programas de compliance corporativo modernos. En un entorno empresarial cada vez más sustentado en activos intangibles, la ausencia de una revisión estructurada y periódica de la propiedad intelectual puede traducirse en contingencias legales, regulatorias, financieras e incluso penales, con efectos directos sobre la reputación, la valuación y la continuidad del negocio. Desde la perspectiva del compliance, la IP Due Diligence no se limita a confirmar la existencia formal de derechos registrados. Su objetivo es identificar, evaluar y gestionar riesgos, así como detectar brechas de cumplimiento y deficiencias de gobernanza relacionadas con la creación, titularidad, uso, explotación y defensa de activos como marcas, patentes, derechos de autor, diseños industriales, secretos industriales, know-how y software, además de los contratos que los soportan.
Un primer eje crítico es la titularidad y la cadena de derechos, la falta de claridad sobre la propiedad de desarrollos realizados por empleados, consultores, proveedores tecnológicos o centros de investigación puede dar lugar a disputas legales, nulidades o pérdida de activos estratégicos. El enfoque de compliance exige revisar contratos laborales, acuerdos de confidencialidad, cesiones de derechos y políticas internas de innovación para asegurar que la persona moral sea la titular legítima de los intangibles clave.
Un segundo componente relevante es el uso y explotación de la propiedad intelectual, la debida diligencia debe verificar que el uso de activos propios y de terceros se realice conforme a licencias válidas, límites territoriales, plazos y condiciones contractuales. El uso indebido de software, contenidos protegidos o tecnologías licenciadas puede detonar responsabilidades administrativas y civiles, e incluso riesgos penales, especialmente en sectores regulados o intensivos en tecnología. La debida diligencia contractual ocupa también un lugar central. Contratos de licencia, joint ventures, franquicias, distribución y transferencia de tecnología deben analizarse desde una óptica de cumplimiento, revisando cláusulas de exclusividad, sublicenciamiento, confidencialidad, auditoría, limitación de responsabilidad y terminación. Instrumentos contractuales deficientes o desactualizados pueden comprometer la protección de los intangibles y limitar su explotación económica.
En el contexto de fusiones, adquisiciones e inversiones, la IP Due Diligence se integra de manera directa al compliance transaccional, también para identificar litigios en curso, oposiciones, nulidades, riesgos de infracción o dependencias críticas de activos no protegidos permite ajustar valuaciones, establecer condiciones suspensivas y diseñar mecanismos de mitigación, evitando la adquisición de pasivos ocultos o modelos de negocio jurídicamente frágiles. Los resultados de la debida diligencia deben vincularse con la gestión de riesgos corporativos y los sistemas de control interno. La información obtenida debe traducirse en mapas de riesgo, planes de acción, indicadores de cumplimiento y procesos de mejora continua, de este modo, la debida diligencia en propiedad intelectual no solo protege el valor económico de la empresa, sino que fortalece la cultura de cumplimiento, transparencia y buena gobernanza, consolidándose como una herramienta estratégica de prevención y sostenibilidad empresarial.
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