La dinámica propia de las startups está marcada por constantes iteraciones en el desarrollo del producto, lo cual suele llevar a los fundadores a concentrar sus recursos en aspectos técnicos y operativos, descuidando el componente legal. Esta omisión resulta particularmente crítica, en tanto la protección jurídica oportuna representa una ventaja competitiva real en mercados cada vez más exigentes y regulados.
A continuación, se analizan tres de los principales riesgos jurídicos que enfrentan las startups en sus etapas iniciales:
¿Ausencia de registro de marca como activo estratégico?
Una práctica común en el entorno emprendedor consiste en iniciar actividades comerciales bajo un nombre, logotipo o identidad visual sin realizar previamente el registro de la marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Esta omisión puede derivar en consecuencias legales y comerciales relevantes: desde la imposibilidad de reclamar derechos exclusivos sobre el signo distintivo hasta la eventual prohibición de uso por conflictos con titulares de derechos preexistentes.
En las startups, el registro de marca debe entenderse como una inversión estratégica inicial que otorga seguridad jurídica, exclusividad en el uso y la posibilidad de construir valor patrimonial a largo plazo. Además, permite evitar litigios, proteger la reputación comercial y facilitar procesos de inversión y expansión.
¿Falta de mecanismos efectivos de protección de la información confidencial?
El proceso de validación de una idea o modelo de negocio implica, en muchos casos, compartir información sensible con terceros como mentores, consultores, aliados estratégicos o posibles inversionistas. Esta información puede incluir metodologías, desarrollos tecnológicos, estrategias comerciales o datos no públicos. Por ello, debe ser protegida mediante instrumentos jurídicos adecuados.
En este contexto, los acuerdos de confidencialidad se configuran como herramientas indispensables para preservar la ventaja competitiva y evitar el uso indebido o divulgación de información estratégica. La suscripción de NDAs (por sus siglas en inglés) debe ser una práctica habitual y preventiva desde los primeros contactos externos.
¿Vinculación informal del talento y ausencia de acuerdos sobre propiedad intelectual?
Es frecuente que las startups inicien operaciones mediante acuerdos verbales o informales con colaboradores, desarrolladores o socios estratégicos, sin dejar constancia escrita de los términos de vinculación. Esta práctica puede acarrear conflictos en la titularidad de los desarrollos tecnológicos, especialmente cuando se trata de software, algoritmos, bases de datos o diseños industriales.
Para evitar ambigüedades en la atribución de la propiedad intelectual, es fundamental estructurar desde el inicio contratos de prestación de servicios que incluyan cláusulas de cesión de derechos patrimoniales, así como acuerdos específicos de propiedad intelectual y de no competencia (de ser necesario). Esta claridad contractual es esencial para asegurar la titularidad de los activos intangibles y facilitar procesos de auditoría, inversión o exit futuros.
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