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Comercial y de la empresa


Norton Rose Fulbright

Nueva regulación de registros de inversión extranjera directa

15 de enero de 2016

Tomás Calderón

Norton Rose Fulbright
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¿Cómo cambia el trámite de sustitución de la inversión extranjera directa en Colombia?

Antes se debía presentar una comunicación al Departamento de Cambios Internacionales (DCIN) del Banco de la República (BR) que debía cumplir con los requisitos de la Circular DCIN-83, junto con los soportes correspondientes que exigía dicha Circular. 

Con la nueva regulación, se deben diligenciar y presentar de forma simultánea el Formulario 13 de “Declaración de Registro de Cancelación de Inversiones Internacionales” y el Formulario 11 de “Declaración de Registro de Inversiones Internacionales”, sin necesidad de presentar documentos soportes. En el caso de sustitución por reorganización empresarial (fusiones y escisiones) se debe presentar el Formulario 11A “Declaración de Registro de Inversiones Internacionales por Reorganización Empresarial”, sin documentos soportes adicionales. 

¿Cómo cambia el trámite de cancelación de inversión extranjera directa en Colombia?

Al igual que para la sustitución, antes debía informarse acerca de la cancelación al DCIN del BR. A partir de la nueva reglamentación, la cancelación se solicita a través del Formulario 13 de “Declaración de Registro de Cancelación de Inversiones Internacionales”.

En todo caso, tanto bajo la anterior como bajo la nueva regulación, para efectos fiscales, si la cancelación implica la enajenación de un activo fijo en Colombia a un tercero, deberá presentarse la declaración, liquidación y pago de impuestos que correspondan (impuesto sobre la renta y CREE o ganancia ocasional según si han sido poseídos por más o menos de 2 años). 

¿Cómo cambia el trámite de recomposición de capital en una empresa colombiana por aumento o disminución de acciones o cuotas por cambio de su valor nominal?

Anteriormente, el Revisor Fiscal debía, a través de una comunicación, informarle al DCIN del BR acerca de la recomposición de capital, dentro del mes siguiente a la inscripción de la reforma estatutaria en el registro mercantil. Actualmente, aplica el mismo término; sin embargo, ahora se debe diligenciar y presentar el Formulario “Declaración Única de Registro de Recomposición de Capital”. 

¿Cómo cambia la corrección de registros de inversiones internacionales e inversiones financieras y en activos en el exterior?

Si bien las correcciones bajo la nueva reglamentación también se pueden realizar en cualquier tiempo, bajo la nueva reglamentación se introduce la aclaración que la corrección no debe generar “cambios en el sentido material del registro objeto de corrección”.  Adicionalmente, ahora se exige que el inversionista conserve los documentos que demuestren los conceptos, características y demás condiciones de la operación declarada en los formularios bajo la gravedad de juramento. Dicha información puede ser solicitada por el BR o por la SuperSociedades para efectos de control y sanción.  

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