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Comercial y de la empresa


Universidad de La Sabana

Reputación y marcas tridimensionales

14 de enero de 2015

Juan Carlos Martínez Salcedo

Asesor de Procesos Académicos Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana
Universidad de La Sabana

juanmarsa@unisabana.edu.co
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Cuatro caballos famosos en el llano colombiano, cuya credibilidad y reputación ha sido labrada a pulso al sacar un toro de puerta o adelantarle en primera zona, dejando atrás una vuelta’e campana, una campanilla o un remolino, para alegrar a la parientada que masivamente ha asistido a la toros coleados, deporte tradicional y ancestral del oriente colombiano, inspirador de pasajes, chipolas, zumba que zumbas  y otros ritmos llaneros que alegran la vespertina.

Así, credibilidad y reputación, son dos palabras que también resultan de suma importancia para una marca. El titular de un signo distintivo no solo debe estar interesado en obtener el registro marcario, sino que, además, ha de propender por consolidarla como su imagen, para que en ella converjan ciertas características y atributos presentes en el producto o servicio. Estos componentes son percibidos por el consumidor o usuario, quien, a partir de dichos valores, permite la consolidación de una reputación, que ha de ser mantenida, cuidada, generando credibilidad, confianza y fidelidad respecto al bien o servicio.

¿Qué signos pueden constituir una marca?

La Decisión 486/2000 de la Comunidad Andina (en adelante, CAN) admite el registro como marca de una palabra, una letra, un símbolo (logotipo), un número, un color, una forma, un sonido, un olor, combinaciones de alguno de estos elementos, pero particularmente, admite el registro de las formas de los productos, envases o envolturas, es decir, admite los signos tridimensionales.

¿Qué requisitos tiene que cumplir un signo tridimensional para ser marca?

Son causales de irregistrbilidad absoluta aplicables al signo tridimensional, las contenidas en el artículo 135 literales b), c) y d), consistentes en signos que carezcan de distintividad, cuando consisten exclusivamente en “formas usuales de los productos o de sus envases, o en formas o características impuestas por la naturaleza o la función de dicho producto o del servicio de que se trate”; o cuando consistan exclusivamente en “formas u otros elementos que den una ventaja funcional o técnica al producto o al servicio al cual se aplican”. 

¿Qué marcas tridimensionales están registradas? 

En el ámbito colombiano e internacional existen múltiples registros marcarios de signos tridimensionales. No obstante, traigo a colación la reciente concesión como marca comunitaria tridimensional en el ámbito europeo del Cubo de Rubik, concedida mediante sentencia del 25 de noviembre de 2014, proferida por el Tribunal General de la Unión Europea (en adelante, TGUE), dentro del asunto T-490/09.

¿Qué argumentos tuvo en cuenta el TGUE para su concesión?

Si bien es cierto que aun no es posible acceder al texto completo, el TGUE ha proferido el Comunicado de Prensa no 158/141 . En este se menciona que  “las líneas negras gruesas que forman dicha estructura -el Cubo de Rubik- y que aparecen en las tres representaciones del cubo formando una cuadrícula en su interior no aluden en absoluto a la capacidad de rotación de los elementos individuales del cubo, de modo que no cumplen ninguna función técnica”.

¿Estableció el TGUE alguna restricción al titular de la marca tridimensional?

Dentro de sus argumentos, el TGUE indicó que el titular de la marca que se concede no podrá impedir que terceros comercialicen otros puzles tridimensionales con capacidad de rotación, toda vez que el derecho de exclusiva solo se limita “a los puzles tridimensionales con forma de cubo en cuyas caras figure una estructura cuadriculada”2.

Con lo cual es claro que las marcas tridimensionales son siempre registrables, siempre que no se incurra en alguna de las causales antes mencionadas.

1. Tribunal General de la Unión Europea, Comunicado de Prensa no 158/14, Luxemburgo, 25 de noviembre de 2014. Sentencia en el asunto T-450/09, Simba Toys GmbH & Co. KG / OAMI. Disponible aquí

2. Al respecto también puede consultarse aquí

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