Janine Acosta Perdomo

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  • Janine Acosta Perdomo

miércoles, 10 de enero de 2024

Los proyectos de energía renovable, a pesar de ser una prioridad para el gobierno, enfrentan desafíos que dificultan su implementación. Estos desafíos incluyen obstáculos legales y reglamentarios, aumento de costos, retrasos, y conflictos entre las partes.

Para superar estos desafíos, es necesario contar con mecanismos eficaces de solución de controversias que permitan a las partes involucradas encontrar soluciones consensuadas. Esto es importante para garantizar la seguridad energética del país y el desarrollo sostenible de estos proyectos.

¿Qué deberían considerar los inversionistas para evitar este tipo de conflictos?

En el sector de las energías renovables, al igual que en otros sectores, la debida diligencia es un elemento esencial para la auditoría legal, financiera y técnica de los proyectos. Independientemente de que se trate de un proyecto solar, eólico, de hidrógeno o de cualquier otro tipo de tecnología, la debida diligencia permite a los diferentes actores involucrados (desarrolladores, propietarios, inversores, instituciones financieras, etc.) en una transacción, evaluar el riesgo que implica cada inversión.

La debida diligencia legal debe incluir una revisión exhaustiva de la documentación y los contratos relacionados con el proyecto. Esta revisión debe tener como objetivo identificar cualquier riesgo legal, como la falta de permisos, la invalidez de los contratos, o la exposición a demandas.

Además de la revisión formal de la documentación, la debida diligencia legal debe incluir una evaluación económica de los contratos. Esto es importante para identificar cualquier obligación económica que sea desproporcionada o que no se ajuste a los precios medios de mercado.

En caso de controversias entre las partes que desarrollan el proyecto, ¿qué mecanismos de resolución de conflictos son recomendables?

En las últimas subastas de energía renovable que el Estado ha convocado, se han estructurado minutas de contrato de suministro de energía a largo plazo que contienen cláusulas específicas para resolución de conflictos. El modelo propuesto en estas minutas establece que las partes de un contrato deben intentar resolver cualquier diferencia o controversia que surja entre ellas, mediante un arreglo directo. En caso de que las partes no hayan podido resolver las diferencias con el arreglo directo, se activará la amigable composición para los casos en los que expresamente se estipula en el contrato o el arbitraje para la solución de controversias sobre la ejecución, cumplimiento, interpretación, terminación o liquidación del contrato.

¿Qué otros mecanismos existen?
De acuerdo con el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, la CREG tiene algunas facultades para resolver algunos conflictos que conciernen al sector de energía. Entre estos, (i) conflictos directamente relacionados con la función general de regular monopolios o la promoción de competencia, y (ii) los conflictos suscitados por razón de contratos o servidumbres ya existentes entre empresas.

Si bien la CREG también puede resolver conflictos en proyectos de energía renovable, en la
práctica esta alternativa no es usualmente utilizada. Sin embargo, este mecanismo puede ser
especialmente útil, particularmente en casos de superposición de proyectos.

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