Edictos y Avisos Legales
EDICTO
JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA
Pamplona, quince (15) de mayo de dos mil veinticinco (2025).
Radicado: 54-518-31-84-002-2025-00051-00
Clase: DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO
Demandante: MARÍA ELVINIA SUÁREZ, MARÍA YULEIDY VILLAMIZAR VILLAMIZAR,
SERGIO AUGUSTO PARADA SUÁREZ Y MISAEL CRUZ SUÁREZ
Desaparecido: LEONARD ELIÉCER VILLAMIZAR SUÁREZ
Subsanada en su oportunidad la demanda de declaración de muerte presunta por desaparecimiento del señor LEONARD ELIÉCER VILLAMIZAR SUÁREZ promovida a través de Apoderado Judicial por los señores MARÍA ELVINIA SUÁREZ, MARÍA YURLEIDY VILLAMIZAR VILLAMIZAR, SERGIO AUGUSTO PARADA SUÁREZ Y MISAEL CRUZ SUÁREZ y reuniendo los requisitos legales exigidos, habrá de admitirse dándole el trámite establecido en el Título Único, Capítulo I, procesos de jurisdicción voluntaria, artículo 579, 584 y concordantes del
Código General del Proceso.
Notifíquese personalmente por el medio más expedito y eficaz este auto a la señora Procuradora para Asuntos de Familia y córrasele traslado de la demanda, anexos y
el escrito de subsanación por el término de tres (3) días a fin de que intervenga como parte y pida pruebas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 584 en concordancia con el 583 de la misma obra y el 97 del Código Civil, se ordena:
- Hacer una publicación un día domingo en un periódico de amplia circulación en la capital de la República, “El Tiempo”, “La República” o “El Espectador”;
en el periódico “La Opinión”, de amplia circulación en el Departamento donde fue el último domicilio conocido del señor LEONARD ELIÉCER VILLAMIZAR SUÁREZ, y en la Emisora Comunitaria de Chinácota, que contenga:
a) La identificación del desaparecido, el lugar de su último domicilio conocido y el nombre del demandante. Igualmente, la naturaleza del proceso, el Despacho que lo requiere, la labor que desempeñaba y el último lugar donde estuvo prestando los servicios. b) La prevención a quienes tengan noticias del mencionado para que lo informen al Juzgado.
- Cítese al desaparecido, señor LEONARD ELIÉCER VILLAMIZAR SUÁREZ por medio de edictos que se publicarán en un periódico de amplia circulación nacional, “El Tiempo”, “La República”, “El Espectador” tres veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro (4) meses entre cada dos citaciones. Elabórense los edictos por Secretaría.
Efectuada la publicación, procédase a la inclusión de la información que trata la norma en el Registro Nacional de Personas emplazadas y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de realizada ésta, vencidos los cuales, si no comparece, se le designará curador ad-litem que lo represente. Por lo expuesto el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Pamplona, Norte de Santander,
RESUELVE:
PRIMERO. Admitir la demanda de declaración de muerte presunta por desaparecimiento del señor LEONARD ELIÉCER VILLAMIZAR SUÁREZ promovida a través de Apoderado Judicial por los señores MARÍA ELVINIA SUÁREZ, MARÍA YURLEIDY VILLAMIZAR VILLAMIZAR, SERGIO AUGUSTO PARADA SUÁREZ Y MISAEL CRUZ SUÁREZ. Désele el trámite establecido en el Título Único, Capítulo I, procesos de jurisdicción voluntaria, artículo 579, 584 y concordantes del Código General del Proceso, y 97 del Código Civil. SEGUNDO. Notifíquese personalmente por el medio más expedito y eficaz este auto a la señora Procuradora para Asuntos de Familia y córrasele traslado de la demanda, sus anexos y el escrito de subsanación por el término de tres (3) días a fin de que intervenga como parte y pueda pedir pruebas - TERCERO. Efectúese la publicación y citaciones al desaparecido en la forma indicada en la parte motiva, conforme a la ley, y de no comparecer, nómbresele curador ad-litem, y por su intermedio, notifíquese personalmente y córrase traslado de la demanda para que ejerza su derecho de contradicción y defensa. CUARTO. Dése cumplimiento a lo ordenado en la parte motiva. NOTIFIQUESE. El Juez,
ARIEL MAURICIO PEÑA BLANCO
Firmado Por:
Ariel Mauricio Peña Blanco
JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE
PAMPLONA- NORTE DE SANTANDER
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
REPUBLICA DE COLOMBIA
Pamplona,Hoy 16 de mayo de 2025, a las 8:00 A.M. se notificó el auto anterior por anotación en estado No. 049 en la página de la Rama Judicial. Con inserción para consulta. El Secretario, PEDRO ORTÍZ SANTOS
Pamplona - N. De Santander
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527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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